¿Qué pasa si una sociedad se liquidó en 2013, pero la DIAN no ha diseñado formulario para el CREE?
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Publicado: 13 noviembre, 2013
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Este es el primer año en el que nos enfrentamos al CREE y el gobierno no ha diseñado su formulario en beneficio de los que se han liquidado en este 2013 y ya quieren cancelar el RUT. Toca esperar mínimo hasta enero del próximo año a que salga la normatividad correspondiente por parte de la DIAN.
Si una sociedad se está liquidando en este momento, en este año 2013, antes de poder ir a cancelar el RUT le van a pedir que presente las declaraciones por fracción de año que le correspondan.
Y si es una sociedad, las declaraciones por fracción de año que le correspondería presentar son la de Renta y la del CREE. Para presentar la declaración de renta por la fracción de año 2013 se debe tomar el formulario del año gravable 2012 y se puede usar.
Ahora, si se quiere en estos momentos cancelar el RUT porque ya se liquidaron, en este momento no hay formulario del CREE. Este es el primer año en el que nos enfrentamos al CREE y el gobierno no ha diseñado su formulario en beneficio de los que se han liquidado en este 2013 y ya quieren cancelar el RUT.
A esta sociedad le va a tocar esperar hasta enero de 2014, cuando el Director de la DIAN defina el formulario para la declaración del CREE y así proceder a presentar su declaración de renta 2013 por fracción de año 2013. Y de esta manera se puede dar de baja el RUT.
Esto mismo estaba pasando con el formato 1732 para el año gravable 2012, porque la resolución que obligó hacer este formato dijo que si alguien se llegaba a liquidar durante 2013 y había sido un obligado a presentar el formato 1732 por el 2012, entonces cualquiera de los obligados a tener que entregarlo, si se llegaban a liquidar durante el 2013 tenían que entregar el formato 1732 por fracción de año 2013.
Y resulta que en agosto de este año y la DIAN nada que sacaba el formato 1732 por fracción de año para alguien que se había liquidado durante 2013 y que quisiera ir a presentar ese formato de una vez. La DIAN, luego a mediados de septiembre sacó el formulario.
Quien quiera madrugar a ver cómo será el formato 1732 del año gravable 2013 puede ver el prevalidador. Pruébelo para ver que liquide la tarifa al 25% y demás cambios que estableció la Ley 1607.
De acuerdo a los datos ingresados en el formulario:
Salario mensual real
Máximo a deducir por pago en especie
Salario y deducciones al trabajador
Salud (4%):
Pensión (4%):
Descuento total:
Salario a recibir:
Valores y aportes del empleador
Salud* (8.5%):
Pensión (12%):
ARL (100%):
Caja de compensación (4%):
Sena* (2%):
ICBF* (3%):
Provisión mensual del empleador sobre salario real (dinero + especie)
Cesantías:
Intereses cesantías:
Vacaciones
Prima
Información general
Salario mínimo legal vigente
$ 908.526
Salario mínimo integral vigente
$ 11.810.838
Auxilio de transporte
$ 106.454
Unidad de Valor Tributario (UVT)
$ 36.308
Plantilla para clasificar una entidad en un Grupo de aplicación de las NIIF en Colombia
NIIF - NAI Oficiales
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Fundación IFRS: NIC y NIIF
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020
25,29 %
Entre el 1 y 30 de abril de 2020
26,04 %
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020
18,19 %
Entre el 1 y 30 de abril de 2020
18,69 %
Microcrédito
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020
37,05 %
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020
36,53 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020
34,18 %
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
34,25 %
Tasa de Usura - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020
27,29 %
Entre el 1 y 30 de abril de 2020
28,04 %
Microcrédito
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020
55,58 %
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019
54,80 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020
51,27 %
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
51,38 %
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2019
La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2019 no fue responsable de IVA y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos:
Requisito
UVT $34.270
Valor
Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda
4.500
$ 154.215.000
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a
1.400
$ 47.978.000
Consumos con tarjeta de crédito no excedan
1.400
$ 47.978.000
Compras y consumos totales del año no excedan
1.400
$ 47.978.000
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan
1.400
$ 47.978.000
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año
Los datos suministrados serán usados para la generación de la factura
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