Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué significa la libertad o autonomía contractual?


Actualizado: 26 septiembre, 2016 (hace 8 años)

Se entiende por el principio de libertad contractual la potestad que tienen las personas para obligarse unas con otras mediante la celebración de un contrato; es la facultad subjetiva contractual de los individuos para decidir hacer o no algo. A su vez, la libertad contractual o autonomía negocial es la facultad de las personas para reglamentarse por sí mismas dentro del interés del negocio jurídico y del marco de la ley.

Esta libertad también permite discutir las condiciones, modalidades, plazos, limitaciones, contenido y demás estipulaciones de los contratos; exige pues la garantía de las relaciones justas y libres pero ajustadas a la ley, por lo cual la Corte Constitucional en la Sentencia T-240 de 1993 indica:

“La libertad contractual si bien permite a la persona tomar decisiones en el mercado y ejecutarlas, no puede ser arbitraria, pues como toda libertad está gobernada por el marco axiológico de la Constitución que incorpora como principio basilar el de la solidaridad social y la prevalencia del interés general…”.

La libertad contractual se encuentra estrechamente relacionada con el principio de autonomía de la voluntad, pues una relación jurídica se constituye con la expresión recíproca y conjunta de los sujetos con voluntad de obligarse, la cual no puede ser viciada ni coaccionada por personas ajenas al propósito del contrato. Estos dos principios se ejercitan cuando se busca el interés común de las partes y se persigue por tanto el interés general de las mismas de acuerdo con el contenido del contrato, convirtiéndose de esta forma el contrato en ley tal como lo dispone el artículo 1602 del Código Civil:

“Los contratos son ley para las partes.  Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales”.

(El subrayado es nuestro).

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