Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué sucederá con el régimen simplificado para el 2019 con la ley de financiamiento?


¿Qué sucederá con el régimen simplificado para el 2019 con la ley de financiamiento?
Actualizado: 28 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quiénes deberán registrarse en el régimen de responsabilidad del IVA?
  • ¿Cuáles son los requisitos para no ser responsable del IVA en 2019?
  • ¿Cuándo podrán los contribuyentes solicitar su retiro de este régimen?

Tras la aprobación de la ley de financiamiento, se introdujeron grandes cambios en materia del impuesto sobre las ventas, empezando por la eliminación del término “régimen simplificado” y la derogación del artículo 499 del ET en el cual se establecían los requisitos para pertenecer al mismo.

Luego de la aprobación de la ley de financiamiento el pasado 19 de diciembre del 2018 en el Congreso, se introdujeron cambios en el impuesto sobre las ventas –IVA–. Entre ellos, cabe mencionar la adición del parágrafo 3 al artículo 437 de Estatuto Tributario –ET–, en el cual se menciona el nuevo término “responsables del IVA”, unificando de esta forma los términos “régimen simplificado “y “régimen común” (Ver nuestro editorial No responsables del IVA: nueva forma de llamar al antiguo régimen simplificado).

Así mismo, a través del artículo 17 de la ley en mención, se establece la eliminación de todas las referencias a los regímenes simplificado y común, los cuales a partir de la reforma serán entendidos como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas”.

De acuerdo con lo anterior, a continuación, resolveremos algunos de los interrogantes más frecuentes sobre el tema, respuestas que le pueden ser útiles en su labor profesional.

¿Quiénes deberán registrarse en el régimen de responsabilidad del IVA?

Deberán registrarse como responsables del IVA aquellos contribuyentes que realicen actividades gravadas con el impuesto. No deberán inscribirse en este régimen las personas naturales comerciantes y artesanos que sean minoristas o detallistas, al igual que los pequeños agricultores, ganaderos y quienes presten servicios, siempre que cumplan con los requisitos señalados en el parágrafo 3 del artículo 4 de la ley de financiamiento, los cuales son los mismos contemplados en el artículo 499 del ET, derogado con el artículo 123 de la mencionada ley.

¿Cuáles son los requisitos para no ser responsable del IVA en 2019?

Las personas naturales comerciantes, artesanos minoristas o detallistas, pequeños agricultores o ganaderos y quienes presten servicios, deberán cumplir con los siguientes requisitos para no ser responsables del impuesto sobre las ventas:

  • Que en el año anterior o en el que está en curso hubieran obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT ($116.046.000 para 2018 y $119.945.000 para 2019).
  • Que no tengan más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde se desarrolle su actividad.
  • Que en ese establecimiento de comercio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalías, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación del intangibles.
  • Que no sean usuarios aduaneros.
  • Que no hayan celebrado en el año anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor individual igual o superior a 3.500 UVT.
  • Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el año actual no supere la suma de 3.500 UVT.
  • Que no estén registrados como contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (ver nuestro caso de estudio Responsables del régimen simple obligados a cobrar IVA) .

Cuando los contribuyentes celebren contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un monto individual superior a 3.500 UVT ($119.945.000), estas personas deberán inscribirse previamente como responsables del impuesto sobre las ventas. Esta formalidad deberá ser exigida por el contratista para la procedencia de costos y deducciones, lo cual también aplicará cuando un mismo contratista celebre contratos por montos superiores a 3.500 UVT (ver nuestro editorial Requisitos para cambiar de responsabilidad frente al IVA).

¿Cuándo podrán los contribuyentes solicitar su retiro de este régimen?

Los responsables del impuesto sobre las ventas solo podrán solicitar el retiro de este régimen cuando demuestren que en el año fiscal inmediatamente anterior cumplieron las condiciones tratadas anteriormente.

Cuando los no responsables del impuesto realicen operaciones con quienes sí sean responsables del mismo, deberán registrar en el RUT su condición y entregar copia en los términos señalados en el reglamento.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,