Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué tan efectivos son los mecanismos creados para atacar la corrupción y fraude en las empresas?


¿Qué tan efectivos son los mecanismos creados para atacar la corrupción y fraude en las empresas?
Actualizado: 25 octubre, 2018 (hace 6 años)

Sistemas como el de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como la Ley de soborno transnacional, son herramientas que existen para combatir la corrupción, pero necesitan de elementos y recursos humanos para que se cumplan, y así ver resultados.

Diego Ríos, director de servicios forenses en KPMG Colombia afirma en Actualícese que la mayoría de las compañías no son conscientes de la relación costo-beneficio que existe entre no detectar oportunamente un hecho de fraude o corrupción, e implementar mecanismos preventivos y detectivos para su mitigación.

«Usualmente, las compañías reconocen la importancia de invertir en herramientas tecnológicas, en capacitación de personal y/o nuevas contrataciones para reforzar sus equipos de cumplimiento, después de haberse materializado una situación de fraude y corrupción, y de haber enfrentado las repercusiones a nivel reputacional, de cultura organizacional y monetario (multas y sanciones)», afirma Ríos.

Desde su punto de vista, la inacción no es una opción. “Actualmente existen muchos mecanismos para prevenir el fraude y la corrupción si las empresas tienen la voluntad de detenerlo”, dice Ríos.

Vanessa Ospina Palacios, contadora pública, consultora en sistemas de administración de riesgos y auditora asegura en Actualícese que uno de dichos mecanismos es que las empresas implementen el sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo –LA/FT–.

“El primer proceso que debe ejecutar de manera responsable una empresa es la respectiva identificación de los riesgos LA/FT, con el fin de medir las consecuencias o impactos, resaltando en qué procesos es más vulnerable (está más expuesta) y qué factores externos revisten de una mayor amenaza, dice Ospina Palacios.

Una vez considerados los anteriores factores, explica ella, les corresponde diseñar e implementar los debidos controles, los cuales minimizarán su exposición a los riesgos. El siguiente paso es plasmar políticas, códigos de ética, mecanismos, procedimientos de control y responsabilidades en un manual de ejecución del sistema de administración del riesgo LA/FT.

“la Ley de soborno transnacional, la cual sanciona a las empresas colombianas que ofrezcan algo de valor a funcionarios públicos extranjeros a cambio de mantener o retener negocios”

Otro mecanismo es la Ley de soborno transnacional, la cual sanciona a las empresas colombianas que ofrezcan algo de valor a funcionarios públicos extranjeros a cambio de mantener o retener negocios. Las multas asociadas a esta infracción son de hasta 200.000 smmlv.

“Las compañías iniciaron el diseño e implementación de programas de cumplimiento, compuestos por elementos alineados con lo establecido en el Código Penal colombiano, el Estatuto Antisoborno, el Estatuto de la Contratación Pública, además de los Estándares Internacionales que le apliquen, así como las prácticas recomendadas por la OCDE para combatir el soborno de funcionarios públicos extranjeros en transacciones de negocios internacionales”, describe Ríos.

Corrupción al interior de las entidades del Estado

Aníbal Zárate, director de investigaciones de la Universidad Externado dice en Actualícese que existe la necesidad de que los mecanismos de control disciplinario cumplan, además de su rol sancionador, una función preventiva y de moralización de la acción pública.

«Herramientas como el MECI son ineficaces y poco han servido para evitar la ocurrencia de prácticas corruptas al interior de la administración. Los funcionarios encargados de ejercer estos controles no están capacitados y, además, en el orden nacional, son de libre nombramiento y remoción, lo cual los expone a injerencias de las cabezas de la misma entidad de la que hacen parte, en el ejercicio de estas funciones. Falta, además, incluir en la política nacional, en materia de empleo público, herramientas que permitan prevenir la ocurrencia de estas prácticas», explica.

En instituciones del Estado, entre ellas el Congreso de la República, es necesario asegurar una mayor transparencia y regular temas como el del lobby o cabildeo por grupos de intereses«En definitiva, el Gobierno nacional tiene la tarea crucial de revisar el diseño institucional de los organismos y entidades del Estado, para dotarlos de herramientas de prevención de la corrupción», concluye Zárate Pérez.

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