Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué tan viable es reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 smmlv?


¿Qué tan viable es reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 smmlv?
Actualizado: 14 junio, 2018 (hace 6 años)

Desde el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción –IIEA–, a través de su investigación Consideraciones sobre la consulta anticorrupción, se asegura que la pregunta que sirve como un abrebocas en la consulta, puede inducir al votante a un error y vicia su consentimiento libre e informado.

Una de las preguntas que se someterá a votación dentro de la consulta anticorrupción, a realizarse el domingo 26 de agosto y que se aprobaría con 12 millones de votos, será:

¿Aprueba usted reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 smmlv, fijando un tope de 25 smmlv como una máxima remuneración mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política?

Con esta pregunta se busca consultar a la ciudadanía sobre la necesidad de reducir el salario de:

  • Congresistas
  • Presidente de la República
  • Vicepresidente
  • Ministros
  • Directores de departamento administrativo
  • Gobernadores
  • Alcaldes
  • Magistrados
  • Fiscal
  • Contralor
  • Registrador
  • Defensor del pueblo
  • Comandantes de las Fuerzas Militares
  • Director de la Policía Nacional
  • Auditor y procurador general de la República.

… Pasando de $31.249.680 a $19.531.050

Como lo publica el informe Consideraciones sobre la consulta anticorrupción, elaborado por el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción –IIEA–, según el artículo 150 de la Constitución, el Congreso puede adoptar las normas marco generales para fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso y la fuerza pública:

“19. Dictar las normas generales, y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno para los siguientes efectos: (…) e) Fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados  públicos, de los miembros del Congreso Nacional y de la Fuerza Pública. Ver artículo 1° Decreto Nacional 1919 de 2002”

La Ley 4 de 1992 es la ley adoptada por el Congreso en materia de salarios, la cual tendría que ser modificada en caso de aprobación de la pregunta por parte de la ciudadanía. Sin embargo, desde el punto de vista del IIEA, esta pregunta plantea problemas como:

  1. No es propiamente una medida anticorrupción sino una pregunta de equidad.
  2. La pregunta es engañosa al inducir a la ciudadanía a votar por la reducción de los salarios, como si dicha medida pudiera servir al propósito de combatir la corrupción.
  3. Puede generar desequilibrios en el sistema de pesos y contrapesos del Estado social de derecho.
  4. La reducción de salarios de los congresistas desincentiva la llegada de personas altamente calificadas al Congreso, debido al costo de oportunidad que les puede significar en términos de ingresos.
  5. La pregunta genera riesgos al Estado de posibles demandas presentadas por funcionarios que consideren afectados sus derechos adquiridos, debido a que los salarios de muchos de ellos se definen por referencia a los salarios que afectará la medida (por ejemplo magistrados auxiliares cuyos salarios se determinan en función de un porcentaje del salario de los magistrados principales).
  6. La pregunta es oscura debido a que no menciona de manera explícita a las altas dignidades del Estado que se verán afectadas por la medida.
“la reducción de los salarios de los congresistas o de otras altas dignidades del Estado no contribuye directa o indirectamente a prevenir o combatir la corrupción”

Desde el punto de vista de la investigación, la pregunta no tiene relación alguna con el objetivo de la consulta. El IIEA y la Corporación Excelencia en la Justicia coinciden en que la reducción de los salarios de los congresistas o de otras altas dignidades del Estado no contribuye directa o indirectamente a prevenir o combatir la corrupción. La Representante a la Cámara, Angélica Lozano, admitió que esta pregunta trata exclusivamente un asunto de equidad, pero no de corrupción. Aunque el IIEA considera que la discusión sobre la remuneración de altos funcionarios es legítima y debe ser objeto de atención por parte del Congreso y de la ciudadanía, considera que su inclusión en la consulta no contribuye al cumplimiento de su propósito.

El salario que se le paga a los congresistas en Colombia ($31.331.821) es el cuarto de Latinoamérica. El primer lugar lo ocupa México con $48.025.290, seguido de Chile ($41.403.000) y Brasil ($31.851.000).

Como conclusión de la IIEA, la pregunta que sirve a modo de abrebocas o carnada en la consulta, induce al votante a error y vicia su consentimiento libre e informado.

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