¿Qué tipo de beneficios tienen las empresas instaladas en zonas francas?
Ventajas en impuesto de renta e IVA, monetización o no de sus divisas, acceso a financiamiento por parte de sus proveedores, base gravable más favorable en la importación de los bienes producidos dentro de las zonas francas y asesoría por parte de funcionarios de la Dian, son algunos de los beneficios.
Fecha de publicación:
6 de septiembre de 2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Ventajas en impuesto de renta e IVA, monetización o no de sus divisas, acceso a financiamiento por parte de sus proveedores, base gravable más favorable en la importación de los bienes producidos dentro de las zonas francas y asesoría por parte de funcionarios de la Dian, son algunos de los beneficios.
Cuando se hace referencia a las zonas francas hablamos de áreas geográficas delimitadas en el territorio colombiano donde se desarrollan actividades industriales de bienes y servicios, o actividades comerciales bajo normas especiales tributarias, aduanera y de comercio exterior.
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Las zonas francas cuentan con beneficios en diversos aspectos lo que les permite a las empresas que se instalan en ellas potenciar su actividad nacional e internacional. Según la Cámara de Comercio Colombo Americana son tres los tipos de beneficios que tienen las compañías instaladas en estos territorios.
Beneficios tributarios
Las empresas instaladas en zonas francas pagan 40 % menos en impuesto de renta, ya que la tasa nacional es del 33 %, mientras que en estas zonas es del 20 %.
Las empresas pasan de tener una sobretasa de impuesto de renta de 4 % a una del 0 % en utilidades mayores a 800 millones de pesos.
Están exentas del IVA para materias primas, insumos y bienes terminados o adquiridos en Colombia.
Tienen 0 % de IVA y 0 % arancel para mercancías que se introduzcan a la zona franca desde el extranjero.
Las empresas deciden si monetizan o no sus divisas. Si lo hacen deben cumplir con la legislación determinada por el Banco de la República.
Pueden repatriar sus utilidades.
Tienen acceso a financiación por parte de sus proveedores. Deberán informar al Banco de la República sobre el endeudamiento externo adquirido en un plazo de seis meses contados desde la fecha del documento de transporte.
Las ventas de mercancías extranjeras entre los usuarios de zona franca no causan el IVA, ya que teóricamente no han ingresado a Colombia.
Cuentan con la posibilidad de vender al territorio nacional los servicios o bienes sin cuotas ni restricciones, ni nacionalización de la mercancía, ni pago de tributos aduaneros.
Están eximidos del pago de impuesto de remesa (7 %) sobre giros internacionales.
Beneficios aduaneros
Las empresas cuentan con una base gravable más favorable en la importación de los bienes producidos dentro de las zonas francas.
Pagan una tasa menor en derechos de importación de los bienes elaborados en zona franca.
Pueden tener procesos parciales de producción con empresas en el país y cuentan con almacenamiento ilimitado de mercancías sin pago de impuestos de nacionalización ni IVA.
Cuentan con beneficio de nacionalización parcial de las materias primas o productos terminados.
Pueden verificar sus inventarios antes de la nacionalización y pagar solo por los bienes para venta.
Las mercancías elaboradas o transformadas allí se consideran nacionales y se tratan como tal.
Beneficios de comercio exterior
Cuentan con la asesoría de funcionarios de la Dian quienes los atenderán sobre temas de comercio exterior.
Podrán clasificar y redistribuir bienes desde la zona franca sin tenerlos nacionalizados y sin la presión de no tener tiempo de depósito ilimitado.
Pueden usar la distribución logística internacional para toda América desde nuestro país.
Utilizar el libre movimiento de mercancías provenientes de zonas francas a los depósitos francos y puertos.