Cuando se vulneran los derechos laborales de un trabajador en misión, ¿se debe demandar a la empresa usuaria o a la empresa de servicios temporales?
Responde conferencista: Angie Vargas
Cuando se vulneran los derechos laborales de un trabajador en misión, ¿se debe demandar a la empresa usuaria o a la empresa de servicios temporales?
Pregunta resuelta 09 de noviembre de 2020
En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, explica contra quién debe ser impuesta la demanda o la sanción por parte del Ministerio del Trabajo cuando se han vulnerado los derechos laborales (pago de salarios, prestaciones sociales o afiliación a la seguridad social) de una persona que presta sus servicios a través de una empresa de servicios temporales –EST–.
Es importante precisar que no en todos los casos se permite que una empresa contrate mano de obra a través de una EST para desarrollar su objeto social, pues para ello será necesario que se cumplan los requisitos establecidos para tal fin en el artículo 2.2.6.5.6 del Decreto 1072 de 2015.