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Radicado acto legislativo para que no se grave la canasta familiar con IVA

De igual forma, se busca que los productos que ya cuentan con este impuesto no se les modifique la tarifa.

Fecha de publicación: 25 de agosto de 2020
Radicado acto legislativo para que no se grave la canasta familiar con IVA
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

De igual forma, se busca que los productos que ya cuentan con este impuesto no se les modifique la tarifa.

El representante a la Cámara Fabio Fernando Arroyave radicó un acto legislativo que adiciona un parágrafo al artículo 469 del ET para que en ningún momento se pueda gravar con IVA a la canasta familiar.

También se busca que los productos que ya tengan este impuesto no puedan modificar la tarifa.

El principal motivo del acto legislativo es reducir la pobreza, aumentar la igualdad haciendo que la canasta familiar se constituya como un derecho fundamental al mínimo vital.

“Hace dos años recolectamos firmas para eliminar la propuesta del IVA para la canasta familiar en la reforma tributaria. Por ley queremos que esto quede claro y que ningún gobierno pueda tocar los productos de la canasta familiar, será una prohibición para beneficiar a los más necesitados del país”, afirmó Arroyave.

En la exposición de motivos el representante cita un ranking de 122 países, donde Colombia ocupa el puesto 42 y específica, además, que las personas que ganan un salario mínimo tendrían que gastar cerca del 28,8 % de su ingreso para acceder a estos productos en el país.

“Por esta razón, los casi 180 productos de la canasta básica de alimento, que ha sido definida como un método para la medición y cuantificación de los costos relacionados a la alimentación de las personas deben estar exentos de impuestos para que cualquier familia pueda adquirirlos”, dice el Representante.