Con un total de 311 artículos, anoche fue publicado en el portal de MinHacienda el proyecto de ley por medio del cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones.
El Ministro de Hacienda Mauricio Cárdenas radicó en el Congreso de la República el proyecto de ley de Reforma Tributaria Estructural para su aprobación.
A continuación algunas cifras importantes confirmados en este documento, y que hasta ayer eran expectativas:
Y respecto a Normas Internacionales….
Se mantendrán exentos los medicamentos del Plan Obligatorio de Salud -POS-, los celulares de menos de $650.000 y los computadores de menos de $1‘000.000. Los estratos 1 y 2 no tendrán IVA en el pago de servicios de internet. Otros productos exentos de IVA son los huevos, carnes, cuadernos y libros, viviendas usadas y viviendas nuevas de precios inferiores a $800 millones.
En los demás productos que ya tienen IVA, este subirá de 16% a 19%. Las viviendas nuevas de más $800 millones pagarán un impuesto de 5%, revistas y periódicos también tendrán una tarifa de 5%. De igual manera, los intangibles y loterías, así como las plataformas digitales internacionales como Netflix tendrán tarifa general del IVA.
Para estas y si el Congreso lo aprueba, el cambio se ve reflejado en la ampliación de la base de los declarantes de renta y la variación de tarifas aplicables a las personas naturales. Para algunos como el senador Ángel Custodio Cabrera, la nueva tabla es benéfica para los empleados. “Al eliminar el IMAN y el IMAS, dejan exento el 25% del ingreso y permiten deducir un 10% de salud y educación”, manifestó en El Tiempo.
Referente al tema de los impuestos territoriales, frente a los que se presentan propuestas de modificación a tributos como industria y comercio, impuesto a los cigarrillos e impuesto a los vehículos automotores, se destacan los cambios propuestos al impuesto de alumbrado público, alrededor del cual habrá una aplicación uniforme del impuesto en todo el país y se simplifica el cumplimiento de esta carga tributaria por parte de sus sujetos pasivos.
La Comisión de Expertos sobre el tema realizó una recomendación para bajar el tope a $1’800.000, ya que se afectaría una base importante de colombianos. A las 500.000 personas más que tendrían que declarar renta se les cobrará una tarifa baja y tendrán la posibilidad de pedir devolución de la retefuente a la DIAN.
Debido a que el impuesto a la riqueza sale de la baraja, se gravarán los dividendos. Según el proyecto, no se gravarán los dividendos cuando sean destinados a sociedades, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares que sean sociedades nacionales, pero sí los que reciban las personas naturales, los cuales se pagaran a través de la declaración de renta.
Los colombianos que reciban dividendos menores a 17,8 millones de pesos no pagarán impuestos, pero quienes tengan este beneficio entre $17’851.000 y $29 millones tendrán que cancelar una tarifa del 5%. De igual forma, los dividendos superiores a $29 millones pagarán una tarifa del 10% en adelante, según explicó el Ministro de Hacienda.
Otro de los puntos propuestos es una sanción privativa de la libertad o cárcel para los grandes evasores. Cárdenas habló de penas entre cuatro y nueve años para quienes evadan impuestos por montos superiores a $5.000 millones. Lo anterior se puede considerar como un paso inicial a lo que vendrá en materia de evasión, junto con las propuestas de monotributo, declaración de renta y las nuevas reglas para las Entidades Sin Ánimo de Lucro, la cuales buscan controlar a quienes no cumplen con sus obligaciones tributarias.