Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reclamo ante ARL por una enfermedad laboral


Actualizado: 6 agosto, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Puede un trabajador, después de dos años del cierre de la empresa donde trabajó, interponer una demanda para que la ARL le responda por una enfermedad laboral que padece en la actualidad?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral indica que cuando una persona se afilia al sistema de seguridad social integral puede acceder a los servicios de asistencia médica por enfermedades de origen común o laboral, así como al reclamo de una pensión una vez cumplida la edad y el tope de semanas cotizadas.

Ahora bien, para dar respuesta a la consulta se deben validar entre otras normas laborales lo dispuesto en la Ley  776 de 2002. En dicha norma se establece que si una persona logra demostrar que sus problemas de salud se originaron por la labor desempeñada dentro de un entidad, nace para la ARL a cual se encontraba afiliado, la obligación de cumplir el pago de la prestación económica que se genera por los perjuicios de salud del trabajador, incluso en las situaciones en que el contrato no se encuentre vigente.

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