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Reconocimiento de beneficios por terminación de contrato laboral en Pymes

Las anteriormente denominadas obligaciones laborales pasaron bajo Estándares Internacionales a llamarse pasivos por beneficios a empleados, en el caso de las Pymes la reglamentación pertinente fue incluida en la Sección 28.

Fecha de publicación: 17 de febrero de 2017
Reconocimiento de beneficios por terminación de contrato laboral en Pymes
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las anteriormente denominadas obligaciones laborales pasaron bajo Estándares Internacionales a llamarse pasivos por beneficios a empleados, en el caso de las Pymes la reglamentación pertinente fue incluida en la Sección 28.

Los beneficios a empleados a los que se refiere la Sección 28 del Estándar Internacional para Pymes pueden ser de corto y largo plazo, post-empleo y por terminación; este último corresponde a las indemnizaciones o bonificaciones a las que se hace acreedor un trabajador en caso de que finalice su contrato laboral en un fecha anticipada a lo acordado.

En tal sentido, cuando la entidad deba finalizar un contrato laboral, pero no lo haya hecho a la fecha de corte de los estados financieros o cuando se haya acordado una oferta económica como incentivo para la terminación, la compañía deberá incluir en sus informes un pasivo por aquellos valores.

Estos casos se presentan en entidades que cuentan con planes de retiro proyectado o en aquellos casos en que por alguna contingencia es necesario realizar una reorganización ejecutando un plan formal y detallado para el retiro de personal; el mencionado plan de retiro debe incluir ubicación, función y número aproximado de empleados que serán retirados, los beneficios que se otorgarán según la función desempeñada por cada uno y el momento en que se dará inicio al proyecto.

“el pasivo de beneficios por terminación se hará tomando como base el costo del plan establecido para el retiro de los trabajadores”

En todo caso, el pasivo de beneficios por terminación se hará tomando como base el costo del plan establecido para el retiro de los trabajadores.

Veamos algunos ejemplos

El Dr. Juan David Maya, consultor de Actualícese, nos ha compartido algunos casos prácticos al respecto de este tema en su libro Guía para la preparación del Estado de Situación Financiera de Apertura ESFA – Transición a la NIIF para Pymes, veamos:

Caso 1. El Dovio SAS cuenta con una planta de personal de 120 trabajadores. A la fecha de elaboración del estado de situación financiera de apertura, la entidad no tiene planes de retirar masivamente ningún trabajador, ni ha presentado ofertas de terminación de contrato a ningún empleado.

En períodos anteriores, la entidad ofreció una bonificación por retiro a varios trabajadores que estaban próximos a cumplir su edad de jubilación. Las bonificaciones pagadas en épocas anteriores oscilan entre 20 y 30 salarios mensuales.

El Dovio SAS no debe reconocer pasivos por terminación, dado que no tiene compromisos formales ni expectativas sobre el retiro de trabajadores a los cuales tuviera que pagarles alguna compensación.

Caso 2. Trujillo Ltda. elaboró su ESFA con corte a enero 1 de 2015; a dicha fecha la empresa tenía un plan formal para trasladar una parte del proceso productivo hacia una zona franca ubicada en otra ciudad, por lo cual fue necesario retirar a 35 trabajadores, para contratar personal radicado en la ciudad hacia donde trasladaron la planta.

La empresa hizo un ofrecimiento a los trabajadores para que presentaran su carta de retiro, con lo cual les pagaría una bonificación total de $150 millones. El pago se hace efectivo a medida que los trabajadores se van retirando. Si los trabajadores no se retiraban, la empresa de todas formas les terminaría el contrato y los indemnizaría con base en la ley. La indemnización legal asciende a $122 millones.

En este caso, el Dovio Ltda. reconoció en el ESFA un pasivo por beneficios a empleados dependiendo de las expectativas sobre cuántos aceptarán el retiro voluntario y cuántos esperarán a la terminación del contrato.

En casos como este, si la entidad hubiera estimado que todos los empleados aceptarán el retiro voluntario, debía reconocer el pasivo por $150 millones. Si lo estimado era el caso contrario en el que todos esperarán la liquidación del contrato, se debía reconocer el pasivo por $122 millones. La estimación puede arrojar un resultado mixto, que la entidad documentará para efectos de la verificabilidad del cálculo del pasivo.

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