Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de contratación para desarrollo de software


Actualizado: 15 abril, 2015 (hace 9 años)

El párrafo 2 de la Sección 18 de la NIIF para pymes indica que un activo intangible es un activo identificable de carácter no monetario y sin apariencia física, controlado por la compañía y que genera beneficios; son estas las condiciones que se deben evaluar a la hora de determinar si puede o no reconocerse como intangible.

Dadas sus especificidades comerciales, algunas empresas realizan contratación de terceros para hacer software a la medida, que son facturados por concepto de honorarios, para determinar si la empresa que contrata el servicio puede registrar la factura como un derecho y amortizarlo, o como un gasto; es decir, la empresa de consultoría puede reconocer un intangible por ese software que mandó a desarrollar; lo primero que debe evaluarse es la definición de un activo intangible que es un recurso de naturaleza no material, controlado por la compañía y que genera beneficios.

Por otro lado, el párrafo 2 de la Sección 18 de la NIIF para pymes indica que un activo intangible es un activo identificable de carácter no monetario y sin apariencia física; se dice que es identificable cuando es separable, es susceptible de ser dividido, vendido, transferido, explotado, arrendado, intercambiado, individualmente o junto con un contrato y, además, surge de un acuerdo o de otros derechos legales, independiente de si esos derechos son transferibles o separables de la entidad.

Por tanto, si una entidad le pagó a otra para que desarrollara un software, ese es un intangible que será utilizado por la empresa para prestarle servicios a sus clientes, servicios que sin ese software no se podrían prestar; un caso hipotético podría ser, que antes de adquirir el software la compañía se ganaba $100 y al contar con él se duplicaría en $200, entonces ese es un intangible que efectivamente le genera beneficios a la entidad, que es susceptible de ser reconocido en el activo como un intangible y, además, se puede medir fiablemente porque se le pagó a un tercero para que lo desarrollara y ese valor se convierte en el costo del activo intangible, que se llevará al Estado de Situación Financiera y se reconocerá ahí como un activo.

Hay que tener en cuenta que el intangible tiene que generar beneficios económicos a modo de incrementos en los ingresos, o disminuciones en los gastos.

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