Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de maquinaria utilizada en el desarrollo del objeto social y para alquiler


Actualizado: 7 febrero, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Si una entidad tiene una maquinaria de la cual una parte es utilizada para llevar a cabo el objeto social de la entidad, pero la otra parte es alquilada a otras empresas, qué tratamiento contable aplica?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona en primer lugar que tanto la maquinaria que se adquiere para ser alquilada como la que es usada para desarrollar el objeto social de la entidad, se consideran operaciones ordinarias de la misma.

Aclarado lo anterior se procede a validar la sección 17 de la norma para pymes,  puntualmente el párrafo 17.2 que se refiere a las instrucciones que aplican para la medición de la propiedad, planta y equipo.

Para finalizar, se informa que la maquinaria que se compra para ser alquilada debe ser reconocida como propiedad planta y equipo, y de igual manera, debe procederse si es maquinaria para ser utilizada en la producción de la entidad.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,