En la actividad del mercado colombiano es común que por diferentes razones, algún producto deba ser facturado en un momento diferente de aquel sobre el cual se acordaron las condiciones de entrega; tal es el caso de cuando se despacha mercancía el 20 de diciembre, era jueves y no alcanzó a llegar el viernes 21, el 22 fue sábado y no se atendía, solo hasta el 24 lunes podría recibirse la mercancía, pero los empleados de bodega tienen día libre, el martes 25 es festivo y solo hasta el miércoles 26 se recibe la mercancía.
En la actividad del mercado colombiano es común que por diferentes razones, algún producto deba ser facturado en un momento diferente de aquel sobre el cual se acordaron las condiciones de entrega; tal es el caso de cuando se despacha mercancía el 20 de diciembre, era jueves y no alcanzó a llegar el viernes 21, el 22 fue sábado y no se atendía, solo hasta el 24 lunes podría recibirse la mercancía, pero los empleados de bodega tienen día libre, el martes 25 es festivo y solo hasta el miércoles 26 se recibe la mercancía.
Aunque la mercancía se despachó el 21 de diciembre, llegó el 26 y esta es una entidad cuyo cierre financiero se hace el 23 de cada mes, razón por la cual el 26 le indican al proveedor que por favor modifique la factura a fecha de enero.
Estos casos deben evaluarse al pie de la lupa entregada por la Sección 23 en NIIF para pymes o de la NIC 18 en el caso de NIIF plenas; en ambos casos el tratamiento es exactamente igual.
Si la mercancía fue entregada el 26 de diciembre, ese día se cumplieron los términos de la negociación, porque el cliente solicitó que fuera entregada en bodega, pues ese día se debe reconocer el ingreso y también en esa fecha inicia el plazo para el pago de la compra.
En síntesis, a la hora de manejar este tipo de circunstancias debe tenerse presente que las facturas dependen del ingreso y no al contrario, pues el ingreso existe con el cumplimento de ciertas condiciones. La inexistencia de la factura no afecta el reconocimiento del ingreso; por tanto, si ya se entregó la mercancía, empezó a correr el plazo para el pago y se transfirieron los riesgos y ventajas al cliente, ya se puede medir el costo y el ingreso, entonces se han cumplido todas las condiciones para reconocer el ingreso, aunque no se haya generado la factura o se genere con fecha del primero de enero.