Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de un lease-back en la compra de un edificio


Actualizado: 25 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta 

En la compra de edificio, ¿cómo se debe reconocer un lease back con compra incluida en las cuotas? 

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera menciona que para dar respuesta a la consulta se hace necesario estudiar la sección 23 del Estándar Internacional para Pymes, puntualmente lo que dispone el párrafo 23.8.

En ese sentido, se precisa que cuando se efectúan operaciones de lease-back, es inapropiado asegurar que se realizó una venta, porque este tipo de operaciones no pueden ser analizadas por separado, es decir, que en este caso en particular no se puede indicar que se vendió el edificio y que posteriormente se volvió a tomar en arrendamiento, pues esta situación desde el punto de vista contable se reconoce como una sola operación.

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