Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Qué tratamiento contable debe aplicar una entidad del grupo 2 sobre dos vehículos que son exclusivamente utilizados por el representante legal y el gerente para realizar únicamente diligencias personales?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Qué tratamiento contable debe aplicar una entidad del grupo 2 sobre dos vehículos que son exclusivamente utilizados por el representante legal y el gerente para realizar únicamente diligencias personales?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que si los vehículos son asignados para el gerente o el representante legal con la finalidad de cumplir con los compromisos de la entidad, como por ejemplo visitas a clientes, proveedores o contactos corporativos, estos puede ser reconocidos como activos de la entidad.
Es de anotar que lo mencionado líneas atrás puede ser aplicado cuando se trate de unos cuántos vehículos, porque no tendría sentido registrar para la entidad una cantidad exagerada, cuando estos no están generando ningún beneficio económico para la entidad.