Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento del control conjunto en una entidad bajo el Estándar Internacional para Pymes


Actualizado: 17 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿En qué casos se establece que la entidad tiene control conjunto sobre un negocio bajo el Estándar Internacional para Pymes?

El Dr. Juan David Maya indica que el tema del control conjunto se puede estudiar en la sección 15 del Estándar Internacional para Pymes, del cual se extrae lo siguiente:

“Definición de negocio conjunto 15.2 Control conjunto es el acuerdo contractual para compartir el control sobre una actividad económica, y se da únicamente cuando las decisiones estratégicas, tanto financieras como operativas, de dicha actividad requieren el consentimiento unánime de las partes que están compartiendo el control (los participantes). 15.3 Un negocio conjunto es un acuerdo contractual mediante el cual dos o más partes emprenden una actividad económica que se somete a control conjunto. Los negocios conjuntos pueden tomar la forma de operaciones controladas de forma conjunta, activos controlados de forma conjunta, o entidades controladas de forma conjunta.”

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