Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Recuerde que el servicio de restaurante es una operación que ya no está sujeta al IVA


Recuerde que el servicio de restaurante es una operación que ya no está sujeta al IVA
Actualizado: 27 noviembre, 2013 (hace 10 años)

Además los ingresos de los servicios de los restaurantes se deben poner en el renglón 38 del formulario del IVA donde dice: «por operaciones no gravadas». Si una empresa maneja tanto el impuesto de IVA como de Consumo, se deben llevar todos los ingresos brutos del bimestre, cuatrimestre o del año.

Analicemos brevemente el siguiente caso. Con respecto a los impuestos de IVA y Consumo, ¿estos se liquidan por separado, pero los ingresos los declaro todos en la declaración de IVA? ¿Incluyo el de Consumo como ingreso no gravados?

Partamos de un ejemplo y tomemos el caso de un hotel. El servicio de hospedaje está gravado con IVA, pero este lugar también tiene un restaurante donde quienes quieren comer ahí y los servicios que se cobran están gravados con el Impuesto al Consumo. Entonces como se ve sí hay empresas que en estos momentos están manejando los dos tipos de impuesto al mismo tiempo.

Otro ejemplo que podemos citar son los grandes supermercados como el Éxito o Jumbo. Son responsables del IVA por todas las mercancías que venden, pero también tienen restaurantes donde venden comida y allí se maneja el Impuesto al Consumo.

Para una empresa que está manejando los dos impuestos, en el formulario del IVA se debe llevar todos los ingresos brutos del bimestre, cuatrimestre o del año. En el renglón 38 dice: «por operaciones no gravadas»; es decir toda operación que no está sujeta al IVA, y el servicio de restaurante ya no lo está.

Entonces los ingresos de los servicios del restaurante hay que ponerlos en el renglón 38, porque aquí van los ingresos que no tienen nada que ver con el IVA. Irían aquí porque las declaraciones de IVA lo hacen a uno reflejar todos los ingresos brutos del periodo y si son ingresos que no tienen que ver con el IVA se denuncian en este renglón 38.

Recuerde que lo que uno coloca en este renglón no participa para el prorrateo. Este solo se hace con los otros ingresos del renglón 37, sumados con los otros gravados y sumados con los otros exentos.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,