¿La reforma tributaria de 2016 introdujo algún cambio al tratamiento del IVA diferencial?
¿La reforma tributaria de 2016 introdujo algún cambio al tratamiento del IVA diferencial?
El Dr. Diego Guevara menciona que, técnicamente, en el estatuto tributario no aparece el IVA diferencial. Sin embargo se investigó y se concluye que ello se refiere a las tarifas diferentes a la tarifa general del 19%.
En ese sentido, se establece que existe la tarifa 0%, es decir, bienes exentos y adicionalmente los bienes y servicios gravados con la tarifa del 5%.
Recordemos que dentro del Estatuto Tributario se encuentran las tarifas de IVA en los siguientes artículos: Tarifa general de IVA artículo 468, bienes gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%), artículo 468-1, bienes exentos artículo 477, entre otros.