Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma Tributaria: de normas y micos… colados y no colados


Reforma Tributaria: de normas y micos… colados y no colados
Actualizado: 19 diciembre, 2014 (hace 9 años)

Los bingos serán gravados, las petroleras no serán sujetas del CREE, un porcentaje del impuesto de timbré será para programas de inversión social, queda la duda de cómo se declararán los bienes que tienen los colombianos en el exterior. Y por supuesto, unos micos se lograron colar, otros… no.

Al margen de lo que la comunidad contable ya conoce alrededor de la Reforma Tributaria y confirmar el gravar a las empresas con la sobretasa del CREE, el Impuesto a la Riqueza, las noticias del 4 x mil, hay otros artículos que vale la pena conocer. A continuación se presentan algunos:

  1. El artículo 21 de la Reforma Tributaria establece que los usuarios de zonas francas costa afuera, como las petroleras, no serán sujetos a la sobretasa del CREE. El Gobierno pretende estimular la exploración petrolera en el país en medio de tiempos en los que el petróleo WTI y el Brent ya pasaron hacia abajo la barrera de los US$60 por barril. El ministro Cárdenas ha dicho que la norma favorecerá el aumento de la producción por encima de un millón de barriles diarios. Esta misma norma creó un “diferencial de participación”, que es una contribución parafiscal que recibirá el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles. Estos recursos ayudarán a atenuar las fluctuaciones que puedan llegar a tener la gasolina y el acpm. Como lo dice el texto, el diferencial se causará para quienes vendan e importen gasolina y acpm para consumo propio o venta, cuando el precio de paridad internacional sea menor al precio de referencia de Colombia.
  2. El artículo 420 del E.T. será modificado. Este grava los bingos con una base mensual de tres UVT por silla que juegue, lo que equivale a $84.837.
  3. El artículo 66 de la Reforma Tributaria será importante, según el ex director de la DIAN Horacio Ayala, quien aseguró en Portafolio, que un mayor valor de las inversiones en el extranjero por cuenta de la tasa de cambio no constituye renta, lo hace cuando se vende la inversión.
  4. Otro punto que destaca Ayala es que la declaración de los bienes que tienen los colombianos en el extranjero no existía. Sin embargo, esa norma no es clara porque no se sabe cómo va atada a la declaración de renta.
  5. La Reforma Tributaria también establece que un 70% del recaudo del impuesto de timbre irá para programas de inversión social a través de proyectos de competitividad que desarrollará el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Anteriormente, según la Ley 1558 de 2012, se destinaba la totalidad de los recursos allegados a través de este tributo a las inversiones en mención.
  6. En materia de cumplimiento de obligaciones, se establece que los municipios que estén en mora con la DIAN tendrán la posibilidad de conciliar con la autoridad tributaria para hacer el pago de sus impuestos.

Las normas (micos) que no se colaron… y los que sí se colaron

El Colombiano publica un listado de normas que no fueron aprobadas a pupitrazo y otras que pasaron.

No pasaron…

  1. Una proposición buscaba prorrogar hasta por 10 años la exención para el impuesto de renta para los cultivos de tardío rendimiento como el caucho, el cacao y la palma de aceite.
  2. Se buscó una exención para el patrimonio neto de las inversiones realizadas en la exploración de hidrocarburos y minerales hasta por 24 meses.
  3. Una propuesta de revivir el impuesto a las remesas que salen del país.

Se colaron…

  1. El Estado se hará cargo de las obligaciones pensionales de Caprecom desde el 1 de enero.
  2. Se incluyó dentro del proyecto fiscal un artículo para prolongar el subsidio de energía y gas para los estratos 1 y 2, en 60% y 50%, respectivamente.
  3. Para las zonas francas quedó consagrado que los usuarios de estos servicios están exonerados de la sobretasa del Cree como sujetos pasivos de este impuesto.
  4. En repetidas oportunidades se han dado amnistías para los deudores de la Dian, diciendo que es la última vez. Esta reforma incluye varios en este sentido.
  5. Se amplían los plazos para que los contribuyentes respondan los requerimientos de información de Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp), que persigue la evasión.
  6. Se elimina el IVA para los vehículos diplomáticos.
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