Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma tributaria: ¿qué se aprobó en Cámara y Senado?


Reforma tributaria: ¿qué se aprobó en Cámara y Senado?
Actualizado: 27 diciembre, 2016 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Aprobaciones compartidas por Cámara y Senado
  • Aspectos a conciliar entre plenarias
  • Cómo sería el recaudo conforme a los artículos aprobados de la reforma tributaria

El 20 de diciembre de 2016 la Cámara aprobó la reforma tributaria en segundo debate, mientras que el Senado lo hizo el 22 de diciembre. A continuación damos a conocer los aspectos más relevantes en común que fueron aprobados y aquellos que sufrieron modificaciones en cada una de las plenarias.

Dos acontecimientos marcaron la semana entre el 19 al 23 de diciembre de 2016 en materia tributaria. El día 20 la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en segundo debate la reforma tributaria estructural, mientras que la plenaria del Senado de la República lo hizo el jueves 22 del mismo mes. Aunque dichas plenarias aprobaron el contenido de ciertos artículos propuestos en el texto de reforma tributaria para segundo debate, algunos sufrieron modificaciones en ambas instancias, por tanto, si no fueron aprobados de igual forma, estas tendrían que entrar a conciliar al respecto. En consecuencia, la Cámara y el Senado fueron convocados el 27 de diciembre de 2016 con el propósito de unificar los textos aprobados.

Aprobaciones compartidas por Cámara y Senado

“se destaca la aprobación del incremento de la tarifa general del IVA al 19% y el aumento del porcentaje de rentas exentas para las personas naturales declarantes, que será de hasta el 40%.”

De acuerdo con el portal de la revista Dinero, entre los aspectos más relevantes de la reforma tributaria se destaca la aprobación del incremento de la tarifa general del IVA al 19% y el aumento del porcentaje de rentas exentas para las personas naturales declarantes, que será de hasta el 40%.

Es preciso recordar que la tarifa general del IVA vigente es del 16% (ver el artículo 468 del ET), de igual manera vale la pena tener presente que las motos de hasta 180 centímetros cúbicos fueron excluidas de IVA. Por otra parte, el texto de reforma tributaria para primer debate contemplaba que el porcentaje máximo de rentas exentas sería del 35% pero, como ya fue mencionado, este subió al 40%.

Respecto al impuesto a los dividendos, si la sociedad no pagó impuesto sobre las utilidades de las cuales va a pagar dividendos a sus accionistas residentes en Colombia para efectos fiscales, entonces estos deberán pagar un impuesto del 35% sobre el valor de los dividendos y, posteriormente, tendrán que aplicar una tarifa del 5% o 10% de acuerdo al valor recibido por dicho concepto.

En cuanto a la tarifa del impuesto sobre la renta y complementario, ambas plenarias aprobaron que las empresas editoriales sean gravadas con una tarifa del 9%, Así mismo, esta tarifa también se aplicará si se adelantan construcciones o remodelaciones de hoteles en municipios de máximo 200.000 habitantes durante los siguientes diez años de la entrada en vigencia de la reforma tributaria. Según el portal de la revista Semana, se aprobó que la tarifa general a aplicar por las personas jurídicas será del 34% más una sobretasa del 6% para 2017, 35% del impuesto sobre la renta más una sobretasa del 4% para 2018 y de 2019 en adelante la tarifa general será del 33% sin que exista sobretasa.

Por otra parte, se aclaró que las siguientes entidades no forman parte del régimen tributario especial: las cooperativas y sus asociaciones, uniones, ligas centrales, organismos de grado superior de carácter financiero, asociaciones mutualistas, instituciones auxiliares del cooperativismo, confederaciones cooperativas y las entidades previstas en la legislación cooperativa.

Aspectos a conciliar entre plenarias

“los representantes del Senado y la Cámara tendrán que conciliar en la penalización de la evasión de impuestos, entre otros aspectos relacionados con el IVA para bicicletas y productos de aseo femenino”

Conforme a lo publicado por Portafolio y Dinero, los representantes del Senado y la Cámara tendrán que conciliar en la penalización de la evasión de impuestos, entre otros aspectos relacionados con el IVA para bicicletas y productos de aseo femenino.

En este sentido, será necesario conciliar la propuesta del Senado de la República referente a una tarifa en el impuesto sobre las ventas del 5% para las bicicletas que no superen $1.500.000, así como para los productos de aseo femenino, pañales y papel higiénico. Dicha plenaria también aprobó que los planes de datos móviles inferiores a 1,5 UVT (equivalente a $48.000 por el año gravable 2017) sean exentos del impuesto nacional al consumo.

Por otra parte, el Senado aprobó que, una vez implementada la reforma tributaria, las zonas francas tengan una tarifa del 20% en renta e IVA, mientras que la Cámara sustrajo dicho artículo.

Respecto a la penalización de la evasión de impuestos en el país, según lo aprobado por la Cámara de Representantes quienes reduzcan mediante maniobras engañosas el impuesto a cargo por valores superiores a $172.000.000 deberán pagar prisión entre 4 y 9 años y, además, cancelar una multa equivalente al doble de la infracción cometida sin que esta supere los $34.472 millones. Es de tener en cuenta que si la evasión supera los $999 millones entonces la pena de cárcel se incrementará en una tercera parte. Por su parte, el Senado aprobó que la privación de la libertad se dé si la evasión supera los $5.000 millones.

Cómo sería el recaudo conforme a los artículos aprobados de la reforma tributaria

De acuerdo con lo publicado en Semana, los artículos aprobados garantizarían recursos para el país por un período de seis años, tal como se detalla en la siguiente tabla.

Año

Valor a recaudar (en billones de pesos)

2017

6,1

2018

6,8

2019

12

2020

15,7

2021

19,6

2022

24

No obstante, según declaró el ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas, existe una diferencia de recaudo por valor de 16 billones de pesos para el período 2016 a 2022 entre la propuesta inicial, presentada por el Gobierno en octubre 19 de 2016, y lo aprobado por ambas plenarias.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,