En este especial explicamos de forma detallada las diversas modificaciones que la reforma tributaria estructural realizó alrededor del tema del régimen tributario especial para las entidades sin ánimo de lucro. De igual manera, se describen las características del monotributo y lo que deben tener en cuenta los contribuyentes que se quieran acoger a él.
* Actualizado al 26 de abril de 2018
En este especial explicamos de forma detallada las diversas modificaciones que la reforma tributaria estructural realizó alrededor del tema del régimen tributario especial para las entidades sin ánimo de lucro. De igual manera, se describen las características del monotributo y lo que deben tener en cuenta los contribuyentes que se quieran acoger a él.
La reforma tributaria estructural adicionó diversos artículos al Estatuto Tributario que hacen referencia al régimen tributario especial. La mayoría de estos se encuentran enfocados a ejercer un mayor control a las entidades pertenecientes a dicho régimen.
La Ley 1819 de 2016 trae consigo el nuevo impuesto denominado monotributo, el cual comenzó a regir desde el 1 de enero de 2017. Los contribuyentes que opten por este régimen pagarán entre 16 y 32 UVT de forma anual. Los contribuyentes que se acojan de manera voluntaria a este tipo de régimen pagarán de forma anual entre 16 y 32 UVT (es decir, entre $510.000 y $1.019.000).