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Régimen de transición: aportes a pensión de entidades públicas se pueden acumular

La Corte Constitucional reiteró el derecho de acumular los aportes pensionales públicos (entidades del Estado) y privados del Instituto de Seguros Sociales –ISS– (hoy Colpensiones) para acceder al régimen de transición en pensión de vejez.

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Fecha de publicación: 3 de mayo de 2021
Régimen de transición: aportes a pensión de entidades públicas se pueden acumular
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Corte Constitucional reiteró el derecho de acumular los aportes pensionales públicos (entidades del Estado) y privados del Instituto de Seguros Sociales –ISS– (hoy Colpensiones) para acceder al régimen de transición en pensión de vejez.

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