La Corte Constitucional reiteró el derecho de acumular los aportes pensionales públicos (entidades del Estado) y privados del Instituto de Seguros Sociales –ISS– (hoy Colpensiones) para acceder al régimen de transición en pensión de vejez.
Conozca cómo funciona y qué requisitos se deben cumplir.
La Corte Constitucional reiteró el derecho de acumular los aportes pensionales públicos (entidades del Estado) y privados del Instituto de Seguros Sociales –ISS– (hoy Colpensiones) para acceder al régimen de transición en pensión de vejez.
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