Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
El Consejo de Estado interpretó el inciso primero del artículo 6 del Decreto 2090 de 2003 en el que se fijan los requisitos o condiciones del régimen de transición especial para actividades de alto riesgo, apartándose de la tesis del mínimo de semanas de cotización dispuesto por la Ley 100 de 1993.