Los contribuyentes con saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar su devolución o compensación, de acuerdo con los artículos 815 y 850 del ET.
No obstante, ante la improcedencia de la devolución o compensación el responsable estará sujeto a la sanción del artículo 670 del ET.
Los contribuyentes con saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar su devolución o compensación, de acuerdo con los artículos 815 y 850 del ET.
No obstante, ante la improcedencia de la devolución o compensación el responsable estará sujeto a la sanción del artículo 670 del ET.