Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Registro Único de Proponentes: La importancia de registrarse y de actualizarlo


Registro Único de Proponentes: La importancia de registrarse y de actualizarlo
Actualizado: 18 marzo, 2010 (hace 14 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Contratos con Entidades Públicas en las que es obligatorio que el particular esté en el RUP:
  • Finalidad del Registro Único de Proponentes –RUP-
  • ¿Dónde se hace el registro?
  • Contratos para los cuales el contratista particular NO requiere estar en el Registro Único de Proponentes
  • La importancia de actualizar el RUP
  • Recuerde dos cosas:

Para que una persona natural o jurídica quiera ser contratado por alguna Entidad Pública para celebrar unos determinados contratos, es necesario que esté en el RUP de las Cámaras de Comercio. Además, es vital estar actualizando su información.

Toda persona natural o jurídica (nacional o extranjera), sin importar su capital ni su actividad, si quiere realizar unos contratos muy particulares con cualquier Entidad Pública (Municipal, Departamental o Nacional), es obligatorio que realice ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal, la inscripción en el Registro Único de Proponentes –RUP-.

No debe confundirse la inscripción en el RUP con el registro a Cámara de Comercio que deben hacer todos los comerciantes para la expedición de Matrícula Mercantil, ya que el RUP es otro registro si se quiere ser contratado con alguna Entidad Pública.

Contratos con Entidades Públicas en las que es obligatorio que el particular esté en el RUP:

  • Contratos de obra
  • Consultoría
  • Suministro
  • Compraventa de bienes muebles

Finalidad del Registro Único de Proponentes –RUP-

Esto es con el fin, que la entidad pública que va a celebrar el contrato con el particular, conozca toda la información necesaria de quien va a contratar, en aspectos cómo:

  • Experiencia
  • Capacidad técnica
  • Capacidad jurídica
  • Capacidad de organización
  • Capacidad financiera

Todo lo anterior, da al particular (Proponente) un puntaje que en últimas se puede traducir en la capacidad máxima que podrá contratarse con dicho particular por parte de una Entidad Pública.

¿Dónde se hace el registro?

En la Cámara de Comercio de la ciudad donde tiene el domicilio principal en Colombia el particular que quiere contratar con el Estado.

Ojo: El registro es único y a nivel nacional, de tal manera por ejemplo, que el particular registrado en la Cámara de Comercio de Medellín, no tiene que registrarse en la Cámara de Comercio de Bogotá, en caso de querer ser contratado por una Entidad Pública Bogotana.

Contratos para los cuales el contratista particular NO requiere estar en el Registro Único de Proponentes

Hay una clase de contratos con Entidades Públicas, que las personas naturales o jurídicas que quieran ejecutar determinados contratos con el Estado, NO necesitan estar en el Registro Único de Proponentes que llevan las Cámaras de Comercio y dichos contratos son:

  • Contratación directa
  • Contratos para la prestación de servicios de salud
  • Contratos cuyo valor no supere el 10% de la menor cuantía de la respectiva entidad pública
  • Enajenación de bienes del Estado
  • Contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas
  • Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta
  • Contratos de concesión de cualquier índole.

Nota: Los contratos anteriores, no significa que la Entidad Pública no tenga verificar las condiciones de calidad, idoneidad y experiencia del posible contratista.

La importancia de actualizar el RUP

La importancia de las personas naturales o jurídicas que están inscritas en el Registro Único de Proponentes –RUT-, no es sólo simplemente estar inscritas, lo más importante es estar actualizando su información.

Por ejemplo, cada que celebren un contrato con una Entidad Pública y se ejecuta satisfactoriamente, dicha Acta de Ejecutoria Satisfactoria, se registra y así va aumentado el ítem de experiencia en el RUT, para futuras convocatorias o procesos de licitación pública; o por ejemplo, cada que la empresa tenga un aumento de capital, es muy importante registrarlo, pues así puede aumentar su capacidad de contratación.

Recuerde dos cosas:

Primero: Estar en el RUP es obligatorio si se quiere ejecutar algunos de los contratos que mencionamos, con cualquier Entidad Pública.

Y segundo: Si el contratista incumple con la ejecución de un contrato con una Entidad Pública y le imponen multas o sanciones, dicha información aparecerá en el RUP, pues esa es su carta de presentación u hoja de vida para todos los que quieran prestar servicios para el Estado.

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