Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los dolores de cabeza que evita tener un Reglamento Interno de Trabajo


Los dolores de cabeza que evita tener un Reglamento Interno de Trabajo
Actualizado: 18 noviembre, 2008 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es el Reglamento Interno de Trabajo?
  • ¿Qué prevalece, el Contrato o el Reglamento?
  • Sólo el empleador realiza el Reglamento, pero las modificaciones las deben hacer con los trabajadores
  • ¿Cuáles empleadores están obligados a tener el Reglamento Interno de Trabajo?
  • Contenido mínimo de un Reglamento Interno de Trabajo

Muchos empleadores consideran que es desgastante elaborar un Reglamento Interno de Trabajo, pero no comprenden dos aspectos: la multa por no tenerlo y las ventajas por tenerlo.

¿Qué es el Reglamento Interno de Trabajo?

Son todo del conjunto de normas que determinan ampliamente las condiciones a que debe sujetarse la relación laboral entre empleador y trabajadores (Art. 104 C.S.T.)

¿Qué prevalece, el Contrato o el Reglamento?

No son excluyentes, son por el contrario complementarios, de tal manera que lo que no se determine por escrito en el contrato de trabajo, será llenado  por las estipulaciones del Reglamento Interno de Trabajo. Por ello, el Reglamento hace parte del Contrato (Art. 107 C.S.T.)

Sólo el empleador realiza el Reglamento, pero las modificaciones las deben hacer con los trabajadores

La elaboración del Reglamento Interno le corresponde al empleador sin ningún tipo de intervención, tal como lo establece el artículo 106 del Código Sustantivo del Trabajo, salvo que exista un pacto colectivo o fallo arbitral que obligue al empleador a elaborarlo concertadamente o que de manera voluntaria el empleador lo quiera elaborar mancomunadamente con sus trabajadores.

Una vez elaborado y en vigencia, cualquier modificación tiene que estar concertada con los trabajadores, ya que en ese momento el Reglamento hace parte integral de cada uno de los Contratos de Trabajo.

¿Cuáles empleadores están obligados a tener el Reglamento Interno de Trabajo?

El artículo 105 del Código Sustantivo del Trabajo lo establece como obligatorio para el empleador en los siguientes casos:

  1. En empresas comerciales con mas de 5 trabajadores de carácter permanente.
  2. En empresas Industriales con mas de 10 trabajadores permanentes.
  3. En empresas Agrícolas, Ganaderas o Forestales que ocupen a mas de 20 trabajadores permanentes.
  4. En empresas mixtas, la obligación inicia cuando se ocupe más de 10 trabajadores permanentes.

Contenido mínimo de un Reglamento Interno de Trabajo

1. Indicación del empleador y del establecimiento o lugares de trabajo comprendidos por el reglamento.

2. Condiciones de admisión, aprendizaje y período de prueba.

3 .Trabajadores accidentales o transitorios.

4. Horas de entrada v salida de los trabajadores; horas en que principia y termina cada turno si el trabajo se efectúa por equipos; tiempo destinado para las comidas y períodos de descanso durante la jornada.

5. Horas extras y trabajo nocturno; su autorización, reconocimiento y pago.

6. Días de descanso legalmente obligatorio, horas o días de descanso convencional o adicional, vacaciones remuneradas, permisos (especialmente lo relativo a desempeño de comisiones sindicales) asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica.

7. Salario mínimo legal o convencional.

8. Lugar, día, hora de pagos y período que los regula.

9. Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el empleador suministre.

10. Prescripciones de orden y seguridad.

11. Indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones, para prestar los primeros auxilios en caso de accidente.

12. Orden jerárquico de los representantes del empleador, jefes de sección, capataces y vigilantes.

13. Especificaciones de las labores que no deben ejecutar las mujeres y los menores de 16 años.

14. Normas especiales que se deben guardar en las diversas clases de labores, de acuerdo con la edad y el sexo de los trabajadores, con miras a conseguir la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo.

15. Obligaciones y prohibiciones especiales para el empleador y los trabajadores.

16. Escala de faltas y procedimientos para su comprobación; escala de sanciones disciplinarias y forma de aplicación de ellas.

17. La persona o personas ante quienes se deben presentar los reclamos del personal y tramitación de éstos, expresando que el trabajador o los trabajadores pueden asesorarse del sindicato respectivo.

18. Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias, si existieren.

19. Publicación y vigencia del reglamento.

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