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Reglas para pago de licencias de maternidad cuando madre no alcanza a cotizar durante todo el embarazo


Reglas para pago de licencias de maternidad cuando madre no alcanza a cotizar durante todo el embarazo
Actualizado: 29 octubre, 2013 (hace 10 años)

Si la mujer durante todo su tiempo de embarazo tuvo por lo menos un día de cotización, tiene derecho al pago de licencia de maternidad, pero proporcional a un día cotizado durante todo su tiempo de gestación.

Analicemos el siguiente caso. Una madre cotizó durante toda su etapa de gestación como independiente. Al nacer el niño ella solicita licencia y se liquida. Días después la EPS le indica que no puede ser pagada porque cotizó un mes después del parto para luego desvincularse como cotizante a ser beneficiaria. ¿Qué derechos económicos tiene esta madre?

La Corte Constitucional estableció que el Decreto 047 del año 2000 es inaplicable. Este dice que para que la mujer tenga el derecho al reconocimiento económico de la licencia de maternidad, 98 días pagos por parte de la EPS, debió haber cotizado ininterrumpidamente durante todo el tiempo de gestación.

Pero la misma Corte ha dicho que ella puede hacerlo con interrupciones, huecos de cotización a lo largo de su licencia de maternidad porque siempre tendrá derecho al pago de licencia de maternidad.

Sobre el valor a pagar hay dos reglas. Si la mujer de su propio tiempo de gestación, ya que hay unas que tienen embarazos de 40 semanas otras de 36 y 32, le faltó por cotizar dos meses o menos, es decir que el resto que cotizó continuo o discontinuo, pero en total le faltaron dos meses o menos, de cotización durante su tiempo de embarazo tiene el derecho que le paguen completa la licencia de maternidad.

Pero si a la mujer de su propio tiempo de gestación le faltaron mas de dos meses por cotizar, es decir que el resto de tiempo sí lo cotizó de manera continua o discontinua, tiene derecho pero ya será proporcional al tiempo cotizado de su tiempo de gestación.

La conclusión en este punto es que si la mujer durante todo su tiempo de embarazo tuvo por lo menos un día de cotización, tiene derecho al pago de licencia de maternidad, pero proporcional a un día cotizado durante todo su tiempo de gestación.

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