Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Renta presuntiva 2016 continúa siendo del 3%


Actualizado: 31 diciembre, 2015 (hace 8 años)

La tasa aplicable para el cálculo de la renta presuntiva desde el 2007 fue rebajada en 3 puntos con relación al 2006; de tal manera, la tarifa para el año 2016 sigue siendo del 3%.

El rendimiento mínimo que el Estado espera produzcan los patrimonios anualmente es del 3% sobre el total del patrimonio líquido; esto de acuerdo con el artículo 188 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por la Ley 1111 del 2006 en el que se cita que:

“Para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que la renta líquida del contribuyente no es inferior al tres por ciento (3%) de su patrimonio líquido, en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior”.

En consecuencia, puede observarse cómo la renta presuntiva (estimada o teórica) es una figura tributaria creada por la ley nacional para generar una situación legal que garantice el sostenimiento de los ingresos públicos de inversión, en tanto que se obliga a los contribuyentes a tributar sobre ingresos que no necesariamente se percibieron en la realidad. Algunos autores consideran que el objetivo principal de la renta presuntiva es castigar los patrimonios ociosos de todos aquellos contribuyentes que no se preocupan por incrementarlo.

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