¿Las entidades del régimen tributario especial deben calcular renta presuntiva?
Responde conferencista: Diego Guevara Madrid
¿Las entidades del régimen tributario especial deben calcular renta presuntiva?
Pregunta resuelta 8 de abril de 2021
La renta presuntiva es una presunción de ley o una ficción legal, ya que se trata de la presunta ocurrencia de un hecho que se puede convertir en base gravable, aunque no haya existido. Se encuentra regulada por los artículos 180 y siguientes del Estatuto Tributario –ET–.
En esta publicación el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, da a conocer si los contribuyentes del régimen tributario especial –RTE– se encuentran excluidos de calcular la renta presuntiva, según lo establecido en el artículo 191 del ET.