Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Renuncia con justa causa por no pago de vacaciones completas


Actualizado: 29 mayo, 2017 (hace 7 años)

Si un empleado sale a disfrutar los 15 días de vacaciones a los cuales tiene derecho por haber trabajado un año, pero la empresa solo le pagó 10 días, ¿puede renunciar con justa causa y solicitar el pago de un día de salario por cada día de retraso?

La Dra. Natalia Jaimes señala que para dar respuesta al interrogante se debe tener presente el artículo 57 del CST, numeral 4, esto es: “Obligaciones especiales del empleador, pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos”. En ese sentido, los salarios y las prestaciones se entienden como remuneraciones pactadas.

Volviendo a la pregunta y teniendo en cuenta lo anterior, si al empleado al salir a vacaciones no se le pagaron sus vacaciones completas (y dicha actuación se llevó a cabo sin su consentimiento), este puede dar por terminado el contrato de trabajo con justa causa.

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