Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Renuncia de trabajador por pago inoportuno de prima de servicios


Actualizado: 8 julio, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Un trabajador puede renunciar argumentando como justa causa que la prima de servicios siempre se le paga por fuera de las fechas establecidas?

La prima de servicios, la cual hace parte de las denominadas “prestaciones sociales”, corresponde a un (1) salario mensual cuando el trabajador presta sus servicios durante todo el año. Este pago debe ser cancelado, de acuerdo con las indicaciones dadas en el Código Sustantivo del Trabajo, en dos cuotas (una en junio y otra en diciembre).

Aclarado lo anterior, nos centramos en la consulta puntual que nos realiza el señor Pedro, quien trabaja desde hace tres años mediante contrato de trabajo como supervisor de ventas en una empresa: ¿cómo trabajador se tiene el derecho a renunciar por el pago inoportuno de la prima de servicios?, y ¿la presentación de la carta de renuncia implica la pérdida de la liquidación del contrato?

Por ser un interrogante recurrente y un tema de interés general, lo hemos elevado a la conferencista Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, quien cuenta con amplia experiencia profesional en defensa judicial de procesos jurídico-laborales.

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