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Reporte de la información exógena por empresas que no realizaron transacciones comerciales

Las empresas que no tuvieron movimientos durante el año gravable 2019 ¿también se encuentran obligadas a presentar la información exógena?

Fecha de publicación: 15 de mayo de 2020
Reporte de la información exógena por empresas que no realizaron transacciones comerciales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

Las empresas que no tuvieron movimientos durante el año gravable 2019 ¿también se encuentran obligadas a presentar la información exógena?

Pregunta resuelta mayo 07 de 2020

Los contribuyentes obligados a presentar la información exógena correspondiente al año gravable 2019 deben consultar la siguiente normatividad: la Resolución 011004 de octubre de 2018, la Resolución 000008 del 31 de enero de 2020, la Resolución 000027 de marzo de 2020, la Resolución 000046 del 7 de mayo de 2020 y, finalmente, la Resolución 000053 de mayo de 2020, la cual contiene, entre otros aspectos, cuáles son los formatos de exógena por presentar y qué fechas deben ser atendidas luego de los cambios introducidos por la crisis actual de la pandemia del COVID-19.

Por otra parte, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explicará en detalle cuál es el manejo adecuado de los reportes de exógena para aquellos contribuyentes que no tuvieron transacciones comerciales.