Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte del prorrateo del IVA descontable en la información exógena


Actualizado: 21 mayo, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cómo se debe reportar en la información exógena entregada a la Dian el prorrateo del IVA descontable?

Pregunta resuelta 13 de mayo de 2021

En esta publicación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica cómo se debe reportar en el formato de información exógena presentado a la Dian el prorrateo del IVA descontable, de acuerdo con lo establecido en los artículos 17 y 20 de la Resolución 000070 de octubre de 2019.

Es importante mencionar que la Resolución 000070 de octubre de 2019 fue modificada con la Resolución 000023 de marzo 12 de 2021 y la Resolución 000038 de mayo 7 de 2021.

Para conocer más información relacionada, recomendamos leer el editorial Procedimiento y contabilización del prorrateo del IVA.

 

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