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Reporte en la exógena de los pagos recibidos para terceros

¿Cómo deben ser presentados los pagos recibidos para terceros en el reporte de información exógena?

Fecha de publicación: 10 de marzo de 2020
Reporte en la exógena de los pagos recibidos para terceros
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cómo deben ser presentados los pagos recibidos para terceros en el reporte de información exógena?

Pregunta resuelta marzo 06 de 2020

Los contribuyentes que no cumplan con la obligación fiscal de presentar la información exógena del año gravable 2019, solicitada por la Dian mediante la Resolución 011004 de octubre de 2018 y la Resolución 000008 de enero de 2020, deberán pagar la sanción tributaria prevista en el artículo 651 del ET.

Conozca en esta publicación, mediante la intervención del contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, cuál es la forma correcta de registrar en los formatos de exógena los ingresos recibidos para terceros.