Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reportes con relevancia tributaria: cambios en la información exógena 2015


Reportes con relevancia tributaria: cambios en la información exógena 2015
Actualizado: 20 noviembre, 2015 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • del artículo 4 de la Resolución 220 del 2014 p
  • del artículo 4 de la Resolución 220 r
  • Se modificó el artículo 32 de la Resolución 220
  • Se modificó el artículo 33 de la Resolución 220

Los artículos 1, 11, 12, 13, 14 y 15 de la Resolución 111 del 2015 modificaron los artículos 4, 29, 30, 31, 32 y 33 de la Resolución 220 del 2014, introduciendo varios cambios que a continuación explicamos, para este tipo de reportes.

Se modificó el literal p del artículo 4 de la Resolución 220 del 2014

Elaborar el reporte sobre el certificado de ingresos y retenciones del año 2015 que se emita a los empleados, no correrá por cuenta de todos los que tuvieron empleados durante el año 2015. Únicamente correrá por cuenta de las personas naturales y jurídicas que durante el año 2015 tengan empleados – sea por salarios o por servicios – y que al mismo tiempo sí hayan practicado o asumido retenciones en la fuente de renta, IVA, timbre o de autorretención del CREE.

“si algún empleador tuvo empleados durante el año 2015 pero no practicó ni asumió ningún tipo de retención en el año, quedaría exonerado de hacer este reporte.”

Por lo tanto, si algún empleador tuvo empleados durante el año 2015 pero no practicó ni asumió ningún tipo de retención en el año, quedaría exonerado de hacer este reporte.

Adicionalmente, para hacer este reporte ya no se utilizarán los dos archivos en CSV mencionados en el anexo 59 de la Resolución 220, sino que se realizará en el nuevo formato 2276 v.1 en XML.

Se modificó el literal r del artículo 4 de la Resolución 220

Lo anterior para eliminar el reporte que inicialmente se había solicitado en CSV a todas las personas naturales o jurídicas, que durante el 2015 llegasen a vender bonos o títulos similares para pagos a trabajadores. En la nueva versión, entran al universo de reportantes todos aquellos empleadores que ocupen a trabajadoras mujeres víctimas de la violencia haciendo uso de los beneficios tributarios que concede el artículo 23 de la Ley 1257 de diciembre 4 del 2008, reglamentado con el Decreto 2733 de diciembre 27 2012.

Dicho reporte lo harán según lo indicado en la nueva versión del artículo 31 de la Resolución 220, que también fue modificado, y en el cual se indica que se utilizará el nuevo formato 2280 v.1 en XML.

Se modificó el artículo 32 de la Resolución 220

El reporte que deben elaborar todos los empleadores que hayan comprado bonos y documentos similares para pagos a trabajadores ya no se realizará utilizando los dos archivos en CSV que se mencionaban en el anexo 61 de la Resolución 220, sino que lo realizarán utilizando el nuevo formato 2278 v.1 en XML.

Se modificó el artículo 33 de la Resolución 220

El reporte sobre el Código Único Institucional –CUIN– que elaboran todas las entidades públicas que deban entregar alguno o varios de los formatos mencionados en la Resolución 220, ya no utilizarán para dicho reporte los dos archivos en CSV mencionados inicialmente en el anexo 62 de la Resolución 220, sino que utilizarán el nuevo formato 2279 v.1 en XML.

Si quiere ampliar esta información, ingrese a nuestro análisis Infoexógena año gravable 2015: cambios en los reportes de contribuyentes y no contribuyentes.

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