Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reportes de exógena cuando se firman contratos de colaboración empresarial


Actualizado: 25 diciembre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Qué aspectos tributarios deben considerarse al momento de presentar la información exógena producto de la firma de un contrato de colaboración empresarial?

Pregunta resuelta 10 de diciembre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios da a conocer en detalle qué aspectos tributarios deben considerarse al momento de presentar la información exógena producto de la firma de un contrato de colaboración empresarial.

Ahora bien, los artículos 631 y siguientes del Estatuto Tributario facultan a la Dian para que solicite información a los contribuyentes. Dicha información debe ser presentada en medios magnéticos, cumpliendo los requisitos y requerimientos específicos que exija la entidad en cuestión.

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