Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Requisitos a tener en cuenta cuando se va a realizar una desafectación de zonas comunes


Requisitos a tener en cuenta cuando se va a realizar una desafectación de zonas comunes
Actualizado: 1 enero, 2015 (hace 9 años)

Al momento de realizar una reforma de zonas comunes hay que señalar que la ampliación de los bienes privados no debe afectar los mínimos de zonas comunes que se expidieron en la respectiva licencia de construcción. De igual manera, se debe realizar una reforma estatutaria porque seguramente habrá un cambio en las áreas privadas.

Si se va a realizar una desafectación de zonas comunes se deben tener en cuenta varios requisitos. Primero, esa decisión debe ser tomada por una mayoría especial de propietarios que representen un coeficiente superior al 70%.

Segundo, cuando la unidad residencial, conjunto, edificio, sobretodo los más recientemente construidos, al momento de ser construidos solicitaron licencias otorgadas por las curadurías urbanas, cuya misión es dar licencia de construcción pero para entregarla, la construcción cumple con unas normas urbanísticas impuestas por las autoridades municipales o distritales correspondientes.

De igual manera, la curaduría observa que no se violen normas de orden departamental o nacional sobre temas urbanísticos, entre otras que se respeten unos espacios mínimos de zonas verdes o cedidas para espacios libres, o zonas destinadas al Estado, etc.

Entonces si se va a realizar una reforma de zonas comunes es menester señalar que esa ampliación de los bienes privados no afecte los mínimos de zonas comunes que se expidió en la licencia de construcción años atrás.

Tercer elemento. En este caso se nombra que la reforma se va a realizar para un 20% de los propietarios, pero ya están todos autorizados, entonces se debe dar una reforma estatutaria porque con toda seguridad habrá un cambio en las áreas privadas. Puede ser que todos vayan a construir un metro más y por ende todos crecerán proporcionalmente, pero otros inmuebles se ampliarán en medidas diferentes. Significa que los coeficientes de área privada se van a alterar.

Y como estos coeficientes se van a alterar, entonces se debe realizar una reforma estatutaria en la cual se va a actualizar las nuevas medidas de las áreas privadas porque así mismo se va modificar el porcentaje de participación económica por parte de los propietarios. Así mismo se modificarán los valores o porcentajes que aportamos en las expensas ordinarias o extraordinarias, y el poder de decisión.

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