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Requisitos para autorizar a sociedades internacionales a comercializar bienes de Mipymes


Actualizado: 14 septiembre, 2017 (hace 7 años)

El Ministerio de Comercio creó la categoría de sociedades internacionales caracterizada por la no exigencia de patrimonio líquido y una garantía a constituir a favor de la Dian.

El Ministerio de Comercio precisó que a diferencia de las sociedades de comercialización internacional -CI-, a esta nueva categoría no se le exigirá patrimonio líquido y la garantía a constituir a favor de la Dian deberá corresponder al 1 % del valor de las exportaciones realizadas durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Cuando no haya realizado operaciones de exportación o cuando la persona jurídica haya sido constituida el mismo año en que presente la solicitud, el monto será del 1 % sobre el estimativo de exportaciones, según el estudio de mercado. De cualquier forma, en ningún caso el valor a asegurar deberá ser inferior a 2.000 UVT o superior a 2.500 UVT, aclara Mincomercio.

Para poder ser una de estas CI, el interesado deberá acreditar que tiene un plan de trabajo con ProColombia o que ha sido beneficiario de recursos por parte de las entidades o programas del sector comercio, industria y turismo. Igualmente, deberá presentar constancia de que cuenta con la infraestructura y requerimientos informáticos exigidos para cumplir con las formalidades aduaneras y presentar su plan exportador, entre otros requisitos.

Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

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