Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Requisitos para contratar menores de edad según el Código de la Infancia y la Adolescencia


Requisitos para contratar menores de edad según el Código de la Infancia y la Adolescencia
Actualizado: 28 noviembre, 2016 (hace 7 años)

La contratación de un adolescente implica el cumplimiento de formalidades que pretenden garantizar la formalización del empleo y la seguridad en el trabajo.

Respondamos a la siguiente pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para contratar menores de edad?

“Dicha autorización inicialmente debe ser solicitada por los padres del menor, el representante legal o el defensor de familia, o, en su defecto, podrá realizarlo el comisario de familia y, en ausencia de este, el alcalde municipal”

El artículo 113 de la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia reglamenta la autorización de trabajo para adolescentes, en este se enuncia que corresponde al inspector de trabajo expedir tal permiso.

Dicha autorización inicialmente debe ser solicitada por los padres del menor, el representante legal o el defensor de familia, o, en su defecto, podrá realizarlo el comisario de familia y, en ausencia de este, el alcalde municipal.

“ARTÍCULO 113. AUTORIZACIÓN DE TRABAJO PARA LOS ADOLESCENTES.  Corresponde al inspector de trabajo expedir por escrito la autorización para que un adolescente pueda trabajar, a solicitud de los padres, del respectivo representante legal o del Defensor de Familia. A falta del inspector del trabajo la autorización será expedida por el comisario de familia y en defecto de este por el alcalde municipal”.

Para que la autorización sea expedida es necesario presentar el certificado escolar a fin de verificar si el adolescente culminó sus estudios. En caso contrario, el empleador deberá inscribirlo o facilitarle el tiempo necesario para que el menor pueda cumplir con su formación educativa.

La relación laboral se constituye tras el diligenciamiento de la autorización, que debe ser tramitada entre el empleador y el adolescente. Al respecto, será preciso verificar que la solicitud especifique todos los datos de identificación del adolescente y del empleador, así como los términos del contrato, las actividades y tareas a desarrollar, salario y jornada laboral.

El inspector de trabajo (o la autoridad que otorgó el permiso) tendrá la obligación de verificar, mediante una visita a las instalaciones del empleador, el cumplimiento de las condiciones de trabajo y seguridad de acuerdo a lo contemplado en el contrato.

Por último, el empleador debe obtener el certificado del estado de salud del adolescente y, además, comprometerse a informar la iniciación y terminación del contrato de trabajo a la autoridad que otorgó el permiso.

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