Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Requisitos para solicitar licencia de construcción


Requisitos para solicitar licencia de construcción
Actualizado: 17 febrero, 2017 (hace 7 años)
“La licencia de construcción podrá ser solicitada con ocasión de una modificación, reforzamiento estructural, adecuación, demolición, obra nueva, reconstrucción, reparaciones locativas y cerramientos”

La licencia de construcción es una autorización previa que permite desarrollar adecuaciones, edificaciones, parcelación de predios o demolición de construcciones; este permiso es expedido por el curador urbano o la autoridad competente.

La licencia de construcción podrá ser solicitada con ocasión de una modificación, reforzamiento estructural, adecuación, demolición, obra nueva, reconstrucción, reparaciones locativas y cerramientos.

La modificación corresponde a la variación del diseño estructural o arquitectónico del bien inmueble, pero con la condición de que el área construida no será incrementada; por su parte, el reforzamiento estructural comprenderá al ajuste de las estructuras conforme a las normas de seguridad y las condiciones de sismo resistencia; las adecuaciones se implementarán cuando se desee variar el uso de la edificación o parte de ella, pero garantizando que permanecerá  total o parcialmente el inmueble original.

La autorización por una nueva obra busca efectuar una construcción en predios donde no se ha construido; la reconstrucción es aquel permiso para adaptar y recuperar las estructuras originales, dando valores históricos y estéticos que procuren respetar la integridad original del inmueble.

Se define la relación locativa como: “Aquellas obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su estructura portante, su distribución interior, sus características funcionales, formales y/o volumétricas. No requerirán licencia de construcción las reparaciones o mejoras locativas a que hace referencia el artículo 8 de la Ley 810 de 2003 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya”.

Por ello, tenga en cuenta los siguientes requisitos para solicitar alguna de las autorizaciones mencionadas con antelación:

El solicitante debe diligenciar el formato único nacional de solicitud de licencias, se debe relacionar la dirección de los predios colindantes donde se exprese la nomenclatura alfabética del bien, tendrá que anexar un certificado de libertad y tradición del inmueble, con vigencia no mayor a un mes. No olvide adjuntar fotocopia de la cédula de ciudadanía, en caso de ser persona natural; si es persona jurídica, aportará el certificado de existencia y representación legal por la misma vigencia.

Es necesaria la incorporación de la declaración del impuesto predial y catastral vigente para adelantar dicho trámite. Si el solicitante pretende iniciar la solicitud por medio de apoderado o mandatario, este tendrá que soportar su personería por medio del poder debidamente firmado por el dueño del predio.

Deberá tener claro que para adelantar esta solicitud también requiere de copia de los cálculos, memorias, estudios geotécnicos, de suelos y del proyecto arquitectónico del que trata las Resoluciones 1002 de 2010 y 931 de 2012.

Cuando se trate de bienes de interés cultural de orden nacional, departamental o municipal debe disponer del anteproyecto aprobado por la entidad competente; es fundamental contar con el concepto de norma urbanística otorgado por el curador.

No olvide anexar fotocopia de las tarjetas profesionales del apoderado y de los profesionales que involucra el trámite de esta petición.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,