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Resolución 000040 del 30-04-2020

Dian expide la Resolución 000040 de 2020, a través de la cual se flexibilizan transitoriamente algunas disposiciones para la obtención del RUT de los inversionistas extranjeros sin domicilio en Colombia, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica generado por la propagación del COVID-19.

Así, dicha resolución establece que, cuando la inscripción en el RUT de los inversionistas extranjeros sin domicilio en Colombia obligados a cumplir deberes formales y los prestadores de servicios desde el exterior responsables del IVA (de los que tratan el artículo 326 y el parágrafo 2 del artículo 437 del Estatuto Tributario –ET–) se realice a través de apoderado, podrán aportar en copia simple los documentos previstos en los numerales 5 y 11 del artículo 1.6.1.2.11 del Decreto 1625 de 2016, en el idioma original, sin necesidad de apostilla ni traducción oficial.

Fecha de publicación: 30 de marzo de 2020
Resolución 000040 del 30-04-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

*Declarada nula por la Sentencia 211700 del 22-09-2020

DIAN
Resolución 000040
abril 30 de 2020

Dian expide la Resolución 000040 de 2020, a través de la cual se flexibilizan transitoriamente algunas disposiciones para la obtención del RUT de los inversionistas extranjeros sin domicilio en Colombia, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica generado por la propagación del COVID-19.

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