Con el propósito de dar seguridad jurídica a los contribuyentes, la Dian, mediante la presente resolución, precisa los requisitos y causales para conceder o retirar la calidad de gran contribuyente, así como el año gravable de la información para tener en cuenta al momento de la calificación, y los casos en que no es procedente otorgar esta última.
Cabe señalar que, según lo dispuesto en la presente norma, la calificación de gran contribuyente a que se refiere el artículo 562 del ET tendrá una vigencia de dos años fiscales, y no serán objeto de dicha calificación los asalariados, rentistas de capital, dependientes de terceros, los que tengan reportada la actividad económica 0082 en el RUT, y las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia. Finalmente, deroga las resoluciones 0027, 0059 y 0254 de 2014.
DIAN
Resolución 000048
Octubre 10 de 2018
La Dian dio a conocer la Resolución 000048 de 2018, por la cual se establecen los requisitos y causales para otorgar o retirar la calidad de gran contribuyente.