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Resolución 01768 de 28/02/2006


Actualizado: 2 marzo, 2006 (hace 18 años)

RESOLUCIÓN NÚMERO 01768 DE
( 28 FEB. 2006 )

Por la cual se modifica parcialmente el artículo 1º de la Resolución 12801 de 2005

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en los artículos 19 del Decreto 1071 de 1999, 579-2 del Estatuto Tributario, 5º del Decreto 408 de 2001 y Decreto 4694 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 12801 de 2005, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales señaló los contribuyentes, responsables y agentes retenedores que deben utilizar los servicios informáticos electrónicos para presentar las declaraciones a que se refiere el artículo 10 del Decreto 408 de 2001, modificado por el artículo 6º del Decreto 4694 de 2005.

Que con posterioridad a la expedición de la citada Resolución, se han identificado contribuyentes que es necesario excluir de las obligatoriedad de presentar las declaraciones tributarias a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1 . Modificase el artículo 1º de la Resolución 12801 de 2005, en el sentido de excluir de la obligación de presentar declaraciones tributarias y del diligenciamiento de recibos de pago y de las retenciones en la fuente, a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, además de los contribuyentes, responsables y agentes de retención, señalados en las Resoluciones 10502 de fecha diciembre 18 de 2003 y 1095 del 7 de febrero de 2006, a los que se relacionan a continuación:

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