Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resolución 02435 de 16-03-2006


Actualizado: 16 marzo, 2006 (hace 18 años)

NORMA DEROGADA POR:
Resolución 001336 de 16-02-2010

RESOLUCIÓN NÚMERO 02435 DE
( 16 MAR. 2006 )

Por la cual se adiciona la Resolución 12801 de 2005

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN DE
IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
 

En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en los artículos 19 del Decreto 1071 de 1999, 579-2 del Estatuto Tributario, 2º del Decreto 408 de 2001 y Decreto 4694 de 2005, y


CONSIDERANDO:


Que es facultad del Director de Impuestos y Aduanas Nacionales señalar el grupo de contribuyentes que deben presentar sus declaraciones tributarias a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

Que la Resolución 12801 de 2005, señala algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención que deben presentar las declaraciones y diligenciar los recibos de pago de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de las retenciones en la fuente, a través de los servicios informáticos electrónicos,

Que en desarrollo de su plan estratégico, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se encuentra implementando distintos servicios informáticos electrónicos, para facilitar el cumplimiento, entre otras, de la obligación de presentar declaraciones tributarias,

RESUELVE:

ARTICULO 1. Adiciónase el artículo primero de la Resolución Nº 12801 de 2005, con el siguiente inciso:

“Deben presentar sus declaraciones tributarias y diligenciar los recibos de pago a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, además de los contribuyentes señalados en el inciso primero, los que se listan a continuación:

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