Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resolución 10621 de 31-10-2008


Actualizado: 31 octubre, 2008 (hace 15 años)

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Resolución 10621
31-10-2008

Por medio de la cual se adopta el Código de Buen Gobierno, el Código de Ética, los Valores Institucionales y el Mapa de Procesos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y en los Decretos 4110 de 2004, 1599 de 2005 y 2913 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales es una Unidad Administrativa Especial, con personería jurídica, dotada de autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio y le corresponde la administración de los impuestos internos del orden nacional, así como la dirección y gestión aduanera y el control y vigilancia del régimen cambiario;

Que la administración de los impuestos comprende su recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución y todo lo demás relacionado con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, derechos de aduanas y demás impuestos al comercio exterior;

Que de conformidad con el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe contar con acuerdos, compromisos o protocolos éticos, que se conviertan en un parámetro del comportamiento que oriente la actuación de todos los empleados públicos de la Entidad;

Que el Modelo Estándar de Control Interno –MECI–, señala que la implementación de un ambiente de control adecuado en la Entidad, parte del conocimiento de los fines del Estado, su función y objetivos; de los parámetros de la ética y la moral que deben primar en el ejercicio de la función pública; de los principios y valores de la máxima autoridad o representante legal, de su nivel directivo y de todos los servidores en general; de su cultura organizacional; de las expectativas de la ciudadanía o de alguna de sus partes interesadas a las cuales sirve, y de las relaciones con otras entidades públicas;

Que para el cabal cumplimiento del modelo, es necesario adoptar el Código de Buen Gobierno, instrumento que permite implementar políticas y mecanismos para el buen funcionamiento de la entidad y mejor cumplimiento de su gestión en un ambiente que genere confianza, y que va dirigido a la sociedad en general, a los clientes, partes interesadas, a los proveedores, y empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Que como parte del Código de Buen Gobierno es necesario adoptar el Código de Ética de los empleados públicos de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales, como un conjunto de pautas que orienta su quehacer diario en un marco de transparencia como garantía para el empleado mismo y la sociedad en general;

Que igualmente se hace necesario adoptar formalmente los valores institucionales, producto de un proceso con la participación activa de un alto porcentaje de sus empleados a nivel nacional, encaminado a establecer aquellas conductas que garanticen la transparencia, la ética institucional y el buen servicio que se espera de la Entidad y que por excelencia deben caracterizar a los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Que mediante Acta número 02 del 29 de abril de 2008, el Comité de Coordinación del Sistema de Gestión de Calidad y Control Interno, aprobó los protocolos éticos para la Entidad;

Que adicionalmente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales respondiendo a su modelo de gestión y al Decreto 4110 de 2004 que acoge la norma de calidad para la gestión pública, organiza su trabajo en una estructura basada en procesos;

Que dado el papel estratégico de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el cumplimiento de la misión del Estado, y para dar cumplimiento a las normas de calidad y del Modelo Estándar de Control Interno, MECI, es pertinente adoptar los instrumentos mencionados;

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

Artículo 1°. Adopción del Código de Buen Gobierno. Adoptase el Código de Buen Gobierno de los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, como la expresión voluntaria y participativa de autorregulación y compromiso de su cuerpo directivo y de sus empleados públicos, y como instrumento para garantizar una gestión pública íntegra y generar confianza al interior y exterior de la entidad. El Código de Buen Gobierno es el contenido en el Anexo 1 de la presente Resolución y que forma parte integral de la misma.

Artículo 2°. Adopción de los Valores Institucionales. Adóptense como valores institucionales de los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales los siguientes: Respeto, honestidad, responsabilidad, y compromiso, con el significado y alcance contenidos en el Código de Ética.

Artículo 3°. Adopción del Código de Ética. Adoptase el Código de Ética de los empleados de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales contenido en el Código de Buen Gobierno, como el conjunto de pautas que orientan el quehacer de los empleados públicos de la DIAN y como instrumento de autocontrol y de prevención.

Artículo 4°. Divulgación del Código de Buen Gobierno. El Código de Buen Gobierno se divulgará a los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y a la sociedad en general, a través de la página web y de la red interna de la DIAN, y se tendrá en cuenta especialmente en los procesos de inducción y reinducción que adelante la entidad.

Parágrafo. La firma del Compromiso Ético hará parte del acto de posesión de los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Artículo 5°. Reforma del Código de Buen Gobierno. El Código de Buen Gobierno será objeto de revisión cuando sea necesario establecer nuevas políticas o replantear las adoptadas, evento en el cual deberá expedirse la correspondiente resolución por el Director General de la entidad.

El Código de Ética contenido en el Código de Buen Gobierno podrá ser objeto de modificaciones que, en todo caso, deben ser objeto de aprobación por el Director General de la entidad a través de resolución.

Artículo 6°. Mapa de procesos. Adoptase como mapa de procesos de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su versión 1, el contenido en el Anexo 2 de la presente resolución y que hace parte integral de la misma, el cual incluye los procesos: estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación, así como los subprocesos que los integran, a través de los cuales la entidad cumple con su misión institucional.

Artículo 7°. Reforma del Mapa de Procesos. Cuando el mapa de procesos sea objeto de modificaciones que obedezcan a cambios normativos, o a la revisión de los mismos por los responsables de los procesos, se generará una nueva versión que reemplazará la inmediatamente anterior y será objeto de adopción por el Director General a través de resolución, siendo divulgados a través de la página web y de la red interna de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Artículo 8°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31-10-2008.

El Director General,
Oscar Franco Charry.

 

Nota: Este documento fue tomado directamente de la versión PDF del Diario Oficial 47.164 del miércoles 5 de noviembre del 2008 de la Imprenta Nacional.

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