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Resolución 12 de 04-11-2008


Actualizado: 4 noviembre, 2008 (hace 15 años)

DIAN
Resolución 12
04-11-2008

por la cual se adopta la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el numeral 22 del artículo 6° del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008.

CONSIDERANDO:

Que para efectos de organización interna y estadística, se hace necesario codificar las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Que a las dependencias que conforman la estructura de la organización, les corresponde mantener actualizada la información requerida por los procesos y los servicios informáticos soporte de la gestión de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

Artículo 1º. Definiciones. Adóptense las siguientes definiciones para efectos de aplicación de la presente resolución:

1. Identificación de Entrada. Corresponde a un número único que permite iniciar la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

2. Lugar Administrativo. Corresponde a la ubicación administrativa de las dependencias que conforman cada uno de los niveles jerárquicos, en los cuales la DIAN desarrolla sus funciones.

3. Dependencia. Son las unidades que integran los lugares administrativos así:

Nivel Central: Dirección General, Direcciones de Gestión, Oficinas, Subdirecciones de Gestión, Órgano Especial, Comisiones, Comités y Coordinaciones.

Nivel Local: Despacho Direcciones Seccionales de Impuestos, Despacho Direcciones Seccionales de Aduanas, Despacho Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas, Divisiones, Grupos Internos de Trabajo y Puntos de Contacto.

Nivel Delegado. Despacho Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas y Grupos Internos de Trabajo.

4. Establecimiento. Corresponde al sitio físico de ubicación de una o varias dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las cuales los empleados públicos desarrollan gestión.

Artículo 2º. Conformar la codificación para la identificación de entrada, los lugares administrativos y dependencias de la siguiente manera:

1. Un (1) digito: para la identificación de entrada.
2. Dos (2) dígitos: Para los lugares administrativos y dependencias de la Entidad.
3. Tres (3) dígitos: Para la dependencia superior jerárquica de la dependencia que se está identificando.
4. Tres (3) dígitos: Para las Coordinaciones del Nivel Central, los Grupos Internos de Trabajo del Nivel Local y Delgado y los Puntos de Contacto del Nivel Local.

 

Para efectos de la identificación de las dependencias, se deben relacionar los cuatro (4) componentes descritos anteriormente, así:

Identificación de Entrada  Lugar Administrativo  Dependencia – Superior Jerárquica  Dependencia 
Un digito Dos dígitos Tres dígitos Tres dígitos

 

Artículo 3º. Codificar la identificación de entrada como único valor para toda la Entidad el siguiente dígito:

Código

Identificación de Entrada

1

Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Artículo 4º. Codificar los lugares administrativos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 00 y 99 así:

Código 
Lugares Administrativos 
0
Nivel Central 
1
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia 
2
Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla 
3
Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá 
4
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga 
5
Dirección Seccional de Impuestos de Cali 
6
Dirección Seccional de Impuestos de Cartagena 
7
Dirección Seccional de Impuestos de Cúcuta 
8
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot 
9
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ibagué 
10
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales 
11
Dirección Seccional de Impuestos de Medellín 
12
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería 
13
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Neiva 
14
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto 
15
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira 
16
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira 
17
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán 
18
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó 
19
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta 
20
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja 
21
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá 
22
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio 
23
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sincelejo 
24
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar 
25
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha 
26
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso 
27
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés 
28
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Florencia 
29
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja 
31
Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes 
32
Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá 
34
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca 
35
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura 
36
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago 
37
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales 
38
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia 
39
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Maicao 
40
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco 
41
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Urabá 
42
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño 
43
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida 
44
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Yopal 
45
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas Mitú 
46
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís 
48
Dirección Seccional de Aduanas de Cartagena 
78
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de San José de Guaviare 
86
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Pamplona 
87
Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla 
88
Dirección Seccional de Aduanas de Cali 
89
Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta 
90
Dirección Seccional de Aduanas de Medellín 

Artículo 5º. Codificar las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 201 y 300 así:

Código
Dependencias
201
Despacho 
202
Dirección General 
203
Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero 
204
Oficina de Control Interno 
205
Oficina de Comunicaciones 
206
Dirección de Gestión de Recursos y Administración Económica 
207
Dirección de Gestión Organizacional 
208
Dirección de Gestión Jurídica 
209
Dirección de Gestión de Ingresos 
210
Dirección de Gestión de Aduanas 
211
Dirección de Gestión de Fiscalización 
212
Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera 
213
Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno 
214
Subdirección de Gestión de Personal 
Código
Dependencias
217
Subdirección de Gestión Comercial 
218
Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias Laborales 
219
Subdirección de Gestión de Análisis Operacional 
220
Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones 
221
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina 
222
Subdirección de Gestión de Representación Externa 
223
Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos 
224
Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas 
225
Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente 
226
Subdirección de Gestión de Comercio Exterior 
227
Subdirección de Gestión Técnica Aduanera 
228
Subdirección de Gestión de Registro Aduanero 
229
Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria 
230
Subdirección de Gestión de Fiscalización Internacional 
231
Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera 
232
Subdirección de Gestión de Control Cambiario 
233
Subdirección de Gestión Operativa Policial 
234
Subdirección de Gestión de Inteligencia Policial 
235
División de Gestión Administrativa y Financiera 
236
División de Gestión Jurídica 
237
División de Gestión de Asistencia al Cliente 
238
División de Gestión de Fiscalización 
239
División de Gestión de Fiscalización para no obligados a llevar contabilidad 
240
División de Gestión de Fiscalización para obligados a llevar contabilidad 
241
División de Gestión de Liquidación 
242
División de Gestión de Recaudo y Cobranzas 
243
División de Gestión de Recaudo 
244
División de Gestión de Cobranzas 
245
División de Gestión de la Operación Aduanera 
246
División de Gestión Control Carga 
247
División de Gestión Control Viajeros 
248
División de Gestión de Control Cambiario 
249
División de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera 
250
Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero Delegado 

Artículo 6º. Codificar las Coordinaciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 301 y 400 así:

Código 
Coordinaciones 
301
Coordinación Administrativa y de Gestión de la Defensoría 
302
Coordinación de Auditoría Integral 
303
Coordinación de Instrucción 
304
Coordinación Nacional de Investigaciones Especiales 
305
Coordinación de Secretaría Técnica 
306
Coordinación de Seguridad Social y Bienestar Laboral 
307
Coordinación de Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales 
308
Coordinación de Historias Laborales 
309
Coordinación de Nómina 
310
Coordinación de Personal Direcciones Seccionales Bogotá 
311
Coordinación de Contratos 
312
Coordinación de Infraestructura 
313
Coordinación de Servicios Generales 
314
Coordinación de Documentación 
315
Coordinación de Inventarios y Almacén 
316
Coordinación de Presupuesto 
317
Coordinación de Contabilidad General 
318
Coordinación de Tesorería 
319
Coordinación Sentencias y Devoluciones 
320
Coordinación de Disposición de Mercancías 
321
Coordinación Nacional de Inventario de Mercancías 
322
Coordinación de la Dinámica de los Procesos 
323
Coordinación de la Dinámica de las Competencias Laborales 
324
Coordinación de Planeación y Evaluación 
325
Coordinación de Perfilamiento del Riesgo y Programas de Control y Facilitación 
326
Coordinación de Estudios Económicos 
327
Coordinación del Cambio de los Servicios Informáticos Electrónicos 
328
Coordinación de la Dinámica de la Operación de los Servicios Informáticos Electrónicos 
Código 
Coordinaciones 
329
Coordinación de la Arquitectura Técnica Integral 
330
Coordinación de Relatoría 
331
Coordinación Secretaría de Recursos 
332
Coordinación Control a Entidades Recaudadoras 
333
Coordinación de Devoluciones y Compensaciones 
334
Coordinación de Contabilidad de la Función Recaudadora 
335
Coordinación de Gestión de Cobranzas 
336
Coordinación Control Básico de Obligaciones 
337
Coordinación del Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias 
338
Coordinación de Administración del Registro Unico Tributario 
339
Coordinación de Gestión de Canales de Servicio 
340
Coordinación del Servicio de Origen 
341
Coordinación del Servicio de Valoración Aduanera 
342
Coordinación del Servicio de Arancel 
343
Coordinación de los Servicios de Laboratorio de Aduanas 
344
Coordinación Secretaría del Registro Aduanero 
345
Coordinación de Sustanciación 
346
Coordinación de Control y Prevención de Lavado de Activos 

Artículo 7º. Codificar los Grupos Internos de Trabajo y los Puntos de Contacto de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 401 y 999 así:

Código 
Grupos Internos de Trabajo 
401
Grupo Interno de Trabajo de Personal 
402
Grupo Interno de Trabajo de Documentación 
403
Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica 
404
Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Asistencia al Cliente 
405
Grupo Interno de Trabajo de Archivo 
406
Grupo Interno de Trabajo de Correspondencia y Notificaciones 
407
Grupo Interno de Trabajo de Comercialización 
408
Grupo Interno de Trabajo de Vía Gubernativa 
409
Grupo Interno de Trabajo de Representación Externa 
410
Grupo Interno de Trabajo de Secretaría Jurídica 
411
Grupo Interno de Trabajo de Unidad Penal 
412
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector Servicios y Operaciones Financieras 
413
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector Manufacturero, Hidrocarburos, Minería y Químicos 
414
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector Comercio 
415
Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Fiscalización 
416
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria I 
417
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria II 
418
Grupo Interno de Trabajo de Control a Obligaciones Formales 
419
Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras I 
420
Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras II 
421
Grupo Interno de Trabajo Definición de Situación Jurídica 
422
Grupo Interno de Trabajo de Automotores 
423
Grupo Interno de Trabajo Control Cambiario 
424
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria III 
425
Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria IV 
426
Grupo Interno de Trabajo de Secretaria de Control Cambiario 
427
Grupo Interno de Trabajo de Otras Infracciones Cambiarias I 
428
Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones Personas Jurídicas 
429
Grupo Interno de Trabajo de Control a Profesionales de Compra y Venta de Divisas 
430
Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Liquidación 
431
Grupo Interno de Trabajo de Determinaciones Oficiales 
432
Grupo Interno de Trabajo de Régimen Sancionatorio 
433
Grupo Interno de Trabajo Fallo Investigaciones Cambiarias 
434
Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad 
435
Grupo Interno de Trabajo de Control de Obligaciones 
436
Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones Personas Naturales 
437
Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones 
438
Grupo Interno de Trabajo de Depuración de Cartera 
439
Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Cobranzas 
440
Grupo Interno de Trabajo de Persuasiva I 
441
Grupo Interno de Trabajo de Persuasiva II 
442
Grupo Interno de Trabajo de Persuasiva III 
443
Grupo Interno de Trabajo de Representación Externa de Cobranzas 
444
Grupo Interno de Trabajo de Facilidades de Pago 
445
Grupo Interno de Trabajo de Coactiva I 
446
Grupo Interno de Trabajo de Coactiva II 
Código 
Grupos Internos de Trabajo 
447
Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Recaudación 
448
Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cobranzas 
449
Grupo Interno de Trabajo de Gestión Control y Servicio 
450
Grupo Interno de Trabajo de Importaciones 
451
Grupo Interno de Trabajo de Control Garantías 
452
Grupo Interno de Trabajo Zona Franca 
453
Grupo Interno de Trabajo de Control Carga y Tránsitos 
454
Grupo Interno de Trabajo de Exportaciones 
455
Grupo Interno de Trabajo de Registro y Control Usuarios Aduaneros 
456
Grupo Interno de Trabajo de Tráfico Postal y Envíos Urgentes 
457
Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras y Control Cambiario 
458
Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad y Control de Obligaciones 
459
Grupo Interno de Trabajo de Asistencia Tecnológica 

Código 
Puntos de Contacto 
601
Punto de Contacto Bima 
602
Punto de Contacto Bosa 
603
Punto de Contacto Calle 26 
604
Punto de Contacto Américas 
605
Punto de Contacto Suba 
606
Punto de Contacto Carrera 30 
607
Punto de Contacto Aduana de Bogotá 
608
Punto de Contacto Calle 75 
609
Punto de Contacto Cali Centro 
610
Punto de Contacto Sede Norte 
611
Punto de Contacto Sede Campestre 
612
Punto de Contacto Sede Antigua Aduana 
613
Punto de Contacto La Estrella 
614
Punto de Contacto Barzal 
615
Punto de Contacto Buga 
616
Punto de Contacto Alpujarra 
617
Punto de Contacto Centro 


Artículo 8º.
Codificar los Establecimientos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 1001 y 9999.

Parágrafo. El listado de codificación de los establecimientos debe ser expedido y actualizado por la Coordinación de Infraestructura de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos y hace parte integral de la presente resolución. El mencionado listado debe ser administrado en versiones según sea necesaria su actualización considerando el orden y preceptos establecidos en la presente resolución.

Artículo 9º.
La codificación que se adopte para nuevos lugares administrativos y dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se hará mediante resolución del Director General, considerando el orden y preceptos establecidos en la presente resolución.

Artículo 10.
Las dependencias de la Entidad deben efectuar los cambios internos en los sistemas de información que sean necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta resolución.

Artículo 11.
La Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones, debe realizar los ajustes necesarios en todos los Sistemas de Información con el propósito de garantizar a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, la disponibilidad de información histórica por materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, considerando la separación funcional de las dependencias, para todos los efectos.

Artículo 12. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 5701 del 23 de julio de 1999 y las demás que la modifican y/o adicionan.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 04-11-2008

(Fdo.) OSCAR FRANCO CHARRY, Director General.

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