El 25 de abril, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1268 con el fin de definir los criterios para llevar a cabo la afiliación de oficio de las personas que cumplen los requisitos para pertenecer al Régimen Subsidiado y rehúsan afiliarse al Sistema General de Seguridad Social. De acuerdo con la Resolución, para realizar la afiliación de oficio al Régimen Subsidiado, es necesario que las entidades territoriales: 1. Identifiquen a las personas no afiliadas al Régimen Subisidiado; 2. Verifiquen la existencia de las condiciones para pertenecer al Régimen Subisidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud; 3. Determinen la renuencia del no afiliado; 4. Comuniquen a la persona su obligación de afiliarse o diligenciar el formato de constancia de no afiliación; 5. Seleccionen una EPS-S por parte de la Secretaría de Salud o la entidad que hagas sus veces; y 6. Realicen la afiliación o inscripción del renuente.
Ministerio de Salud y Protección Social
Resolución 1268
Abril 25 de 2017
Por medio de la cual se adoptan criterios para la afiliación de oficio de las personas que cumplen los requisitos para pertenecer al Régimen Subsidiado y rehúsan afiliarse.