Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resolución 2110.02.01-33 de 23-04-2009


Actualizado: 23 abril, 2009 (hace 15 años)

Secretaria de Hacienda
Resolución 2110.02.01-33

23-04-2009

"Por medio de la cual se modifica el calendario tributario del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros señalado para la vigencia fiscal 2009"

La Secretaria de Hacienda del Municipio de Palmira,(Valle), en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 373 del Estatuto Tributario Municipal de Palmira (acuerdo 017 del 9 de diciembre de 2008) y,

CONSIDERANDO

Que la Secretaria de Hacienda del municipio de Palmira, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 373 del Estatuto Tributario Municipal donde se le dio facultades para señalar mediante resolución el calendario tributario del impuesto de Industria y Comercio y su Complementario de Avisos y Tableros, expidió la resolución Nro 300-002-003-002 el 22 de Enero de 2009, acto administrativo mediante el cual se señaló los lugares y las fechas para el pago de dicho impuesto municipal.

Que posteriormente, a petición de algunos gremios y contribuyentes, el Alcalde Municipal mediante Decreto Nro 77 de abril 23 de 2009, reglamentó el acuerdo 017 de 2008 (Estatuto Tributario) para dar claridad sobre algunos temas del impuesto de industria y comercio ,y en el mismo se ordenó a la Secretaria de Hacienda ampliar el Calendario Tributario de Industria y \’Comercio ,en lo pertinente a las fechas de presentación de la Declaración Privada y pago del impuesto, por cuanto el Decreto reglamentario fue expedido en el mismo mes en que se vence el plazo indicado en la resolución Nro 300-002-003-002.

Que así las cosas, se pretende dar un alivio económico a los contribuyentes del impuesto de industria y comercio ampliando el plazo para la presentación de la Declaración y Liquidación privada del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros ,tal manera que se le permita cumplir con sus obligaciones tributarias, en una forma oportuna.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Modifíquese la “Resolución Nro 300-002-003-002 de enero 22 de 2009,"Por medio de la cual se establece el calendario tributario del impuesto de industria y comercio y de avisos y tableros para la vigencia fiscal 2009 "en su artículo SEGUNDO el cual quedará así:

ARTICULO SEGUNDO: Fechas de pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros.

El plazo para presentar la declaración del impuesto correspondiente a la vigencia fiscal 2009, vence el 31 de mayo del presente año y la forma de pago será en cuatro (4) cuotas a más tardar en las siguientes fechas:

Pago primera cuota en un 25% hasta el 31 de mayo de 2009.
Pago segunda cuota en un 25% hasta la ola 31 de julio de 2009.
Pago tercera cuota en un 25% hasta la ola 30 de sept. / De 2009.
Pago cuarta cuota en un 25% hasta la ola 30 de nov. / De 2009.

PARÁGRAFO: Los intereses moratorias se liquidarán por cada día calendario de retardo en el pago del impuesto según las fechas determinadas en este artículo ,con la tasa efectiva de usura certificada por la Superintendencia Financiera, de conformidad con la ley 1066 de 1006.

ARTICULO SEGUNDO: VIGENCIAY DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la resolución Nro 300-002-003-002 de enero 22 de 2009,"Por medio de la cual se establece el calendario tributario del impuesto de industria y comercio y de avisos y tableros para la vigencia fiscal 2009”.

Publíquese y Cúmplase

Dada en Palmira (Valle) a los, 23-04-2009.

Cordialmente,

ALBA LETÍCIA CHAVES JIMENEZ
Secretaria de Hacienda Municipal.

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