Ministerio de la Protección Social
Resolución 2438
28-06-2010
Por la cual se adoptan los formatos de solicitud y autorización de trabajo para niños, niñas y adolescentes y se dictan otras disposiciones.
El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 2° del Decreto 205 de 2003 y en desarrollo de lo previsto por los artículos 35, 113 y 210 de la Ley 1098 de 2006,
Resuelve:
Artículo 1°. Adoptar los formatos de solicitud y autorización de trabajo para los niños, niñas y adolescentes menores de quince (15) años de edad, los cuales hacen parte integral de la presente resolución:
1. Formato Único Nacional de Solicitud de Autorización de Trabajo para Adolescentes de 15 a 17 años de edad. (Anexo 1).
2. Formato Único Nacional de Solicitud de Autorización de Trabajo para niños y niñas menores de quince (15) años de edad que desempeñen actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo. (Anexo 2).
3. Formato Único Nacional de Autorización de Trabajo para Adolescentes de 15 a 17 años de edad. (Anexo 3).
4. Formato Único Nacional de Autorización para niños y niñas menores de quince (15) años de edad que desempeñen actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo. (Anexo 4).
Artículo 2°. De conformidad con la competencia asignada a los Inspectores de Trabajo de las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social, les corresponde ejercer la función de inspección, vigilancia y control para que los menores de 15 años no sean contratados para trabajar y los adolescentes entre 15 y 17 años, aunque tengan autorización para trabajar, no desarrollen actividades riesgosas para la salud e integridad física o sicológica. Además, a los Inspectores de Trabajo les corresponde exigir el cumplimiento a las disposiciones sobre trabajo y seguridad social de los adolescentes entre 15 y 17 años de edad y de los niños y niñas menores de quince (15) años de edad que desempeñan actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo.
Parágrafo. La Dirección General de Inspección, Vigilancia y Control de Trabajo realizará seguimiento a las acciones que adelanten las Direcciones Territoriales en relación con el cumplimiento de la normatividad vigente sobre el trabajo excepcional de niños y niñas menores de quince (15) años y de adolescentes, autorizados para trabajar.
Artículo 3°. La información relacionada con el permiso de trabajo excepcional a niños y niñas menores de quince (15) años de edad y de adolescentes autorizados para trabajar, deberá ser recaudada y consolidada por las Direcciones Territoriales. Para tal efecto, el Comisario de Familia o el Alcalde Municipal, según sea el caso, remitirá la información pertinente a la respectiva Dirección Territorial, dentro de los dos (2) días siguientes al otorgamiento de la autorización.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 2070 de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los 28-06-2010.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
ANEXO 1
República de Colombia
Ministerio de la Protección Social
Dirección Territorial de __________________
FORMATO ÚNICO NACIONAL DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE TRABAJO PARA ADOLESCENTES DE 15 A 17 AÑOS DE EDAD
Ciudad y Fecha
Señores
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Ciudad
De conformidad con lo señalado en los artículos 35 y 113 de la Ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia-, nos permitimos solicitar a ustedes autorizar al (la) joven ________________________________, identificado (a) con la tarjeta de identidad No. __________________________ de _____________________, residente en la dirección: ________________, Teléfono:_________ de la ciudad de __________, último grado de educación obtenido:_____________, para suscribir contrato de trabajo con la empresa __ ________________________________, con NIT No._________________ ubicada en la Dirección_______________________, Distrito o Municipio________________________, Departamento__________________, Teléfono_______________________.
El (la) joven desempeñará el cargo de________________________________________ _ en __________________________________________________ [describir el lugar de trabajo y dirección], jornada laboral y realizará las siguientes actividades: [descríbalas en forma detallada, teniendo en cuenta las prohibiciones contenidas en la Resolución 1677 de 2008 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.
______________________________________________________________ ______________________________________________________________ ______________________________________________________________ _______________________________________________devengará el salario de (en letras y números) _______________________________________________ $_________________, el que se pagará (mensual, quincenal) _______________________. El empleador deberá afiliar al trabajador adolescente al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales), de conformidad con lo previsto en la Ley 100 de 1993, el Decreto-ley 1295 de 1994 y sus decretos reglamentarios y Caja de compensación Familiar